Dirección General de Rentas

Resolución Nº 244/2017 del Ministerio de Finanzas– Incorpora Tasa Retributiva – Intercambio de información Registro y Catastro
Fecha de Publicación 02/08/2017
(Modifica Artículo N.º 57 y N.º 60 de la Ley Impositiva N.º 10412)

Establece que no se deberá abonar tasa retributiva en contraprestación por parte de Catastro Córdoba y la Dirección General del Registro de la Propiedad cuando la prestación del servicio se efectúe en cumplimiento de los convenios de apoyo e intercambio de información entre ambas reparticiones.

No vigente

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