Dirección General de Rentas

Exención - Instituciones religiosas

Exenciones - Inmobiliario

¿Para qué sirve?

Para solicitar la exención del Impuesto Inmobiliario para inmuebles a nombre de Instituciones Religiosas.

  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal AFIP nivel 2Si aún no lo hiciste, hacé clic acá  para ver el paso a paso.  
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (hacé clic acá para conocer el paso a paso).
  • El inmueble debe estar destinado exclusivamente al desarrollo de las tareas de asistencia espiritual y religiosa.
  • Contar con: 
          - Certificado de inscripción en el Registro correspondiente emitido por la Secretaría de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación. 
           - Nómina de las autoridades de los órganos de administración con copia certificada del acta de su nombramiento o inspección de Sociedades Jurídicas de la continuidad del cargo u otra documentación que lo acredite (si la entidad se constituyó en otra provincia).
  • Acta de uso certificada por Escribano Público o Juez de Paz, con identificación del inmueble (n° de cuenta o nomenclatura catastral) y descripción del destino del mismo.
  • Estar al día en los periodos por los cuales no solicitás la exención.   
  • Si tenés deuda en instancia judicial o prejudicial en los periodos por los que solicitaste la exención, deberás pagar previamente sus gastos y honorarios. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de AFIP nivel 2 (para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hacé clic acá).
  2. En tu perfil, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva Gestión.
  3. Seleccioná Automotor, elegí Exenciones, hacé clic en Instituciones religiosas y luego en Iniciar Gestión.
  4. Desplegá el listado Inmobiliario, seleccioná el/los inmuebles y hacé clic en Confirmar selección
  5. Clic en Continuar
  6. Completá las fechas. Si precisás, podés describir brevemente tu caso en Observaciones y hacé clic en Continuar
  7. Adjuntá documentación útil para tu solicitud. Luego, hacé clic en Continuar
  8. Cargá los Datos de Contactoy hacé clic en Continuar
  9. Verificá el resumen de lo declarado y hace clic en Enviar solicitud, ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde la sección Gestiones-Gestiones iniciadas, en tu perfil.

Rentas te otorga la exención por el plazo de 5 años, de enero a diciembre. 

Podrás solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y te corresponda.

Sí, siempre y cuando el inmueble cumpla con las condiciones para la exención.