¿Para qué sirve?
Para solicitar la exención de un inmueble destinado al culto.
Antes de empezar la solicitud, tené en cuenta
- Tener clave de CiDi o Clave Fiscal AFIP nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.
- Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (hacé clic acá para conocer el paso a paso).
- Contar con la inscripción en el Registro de la Secretaria de Culto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación.
- Contar con certificado de Local Filial emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación o Acta labrada por Escribano Público o Juez de Paz donde se describa el uso del inmueble, especificando el número de cuenta.
- Tener constituida legalmente la Persona Jurídica.
- Estar al día en los periodos por los cuales no solicitás la exención.
- Si tenés deuda en instancia judicial o prejudicial en los periodos por los que solicitaste la exención, deberás pagar previamente sus gastos y honorarios. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea
Paso a paso
Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.
- Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de AFIP nivel 2 (para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hacé clic acá).
- En tu perfil, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva Gestión.
- Seleccioná Inmobiliario, elegí Exenciones y hacé clic en Inmuebles destinados al culto. Luego, hacé clic en Iniciar Gestión.
- Desplegá el listado Inmobiliario, seleccioná el/los inmuebles y hacé clic en Confirmar selección
- Clic en Continuar
- Completá las fechas. Si precisás, podés describir brevemente tu caso en Observaciones y hacé clic en Continuar
- Adjuntá documentación útil para tu solicitud. Luego, hacé clic en Continuar
- Cargá los Datos de Contactoy hacé clic en Continuar
- Verificá el resumen de lo declarado y hace clic en Enviar solicitud, ¡Listo!
Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde la sección Gestiones-Gestiones iniciadas, en tu perfil.
Más información sobre la solicitud
1. ¿Cuándo tengo que solicitar la exención?
Podrás solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y cumplas con las condiciones.
2. ¿Puedo solicitar la exención retroactiva?
Sí. Solicitála siguiendo el paso a paso.