Dirección General de Rentas

Decreto N° 870/2020 – Beneficios para el Impuesto Inmobiliario, Automotor e Ingresos Brutos debido a la pademia
Fecha de Publicación 16/12/2020
(Modifica la Ley Impositiva Anual N° 10.680, los Decretos N° 522/2020, N° 614/2020, N° 522/2020 y N° 614/2020. Modificado por Decreto N° 976/2021)

Establece el beneficio de diferimiento de pago ade las cuotas no abonadas, cuyos vencimientos fueron entre los meses de marzo y julio del 2020 del Impuesto Inmobiliario y Automotor, y la posibilidad de abonar el monto de cada una de las cuotas diferidas hasta el día 31 de marzo del 2021.
Exime del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los hechos imponibles que se perfeccionen hasta el día 31 de agosto de 2021, inclusive.

Vigente

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