Rentas Córdoba

Impuesto a las Embarcaciones

Beneficios para tus pagos

Arriba

¿Cuáles son los beneficios para el pago del Impuesto a las Embarcaciones? 

30% de descuentopara quienes están al día en todos los impuestos provinciales. 
15% de descuentopara quienes elijan hacer el PAGO ANUAL. 
5% de descuentosobre todas las cuotas mensuales adheridas al Débito Automático. 

  •  

Gestiones

Arriba

¿Cuándo me corresponde pagar el impuesto?
  • Si tenés domicilio dentro de la provincia de Córdoba. 
  • Si tenés domicilio fuera de la provincia de Córdoba pero la embarcación tiene su fondeadero, amarre o guardería habitual dentro del territorio provincial. 
  • Si la embarcación propulsada a motor se utiliza en el desarrollo de actividades deportivas, de recreación o comerciales, propias o de terceros. 
  • Si la embarcación es propulsada a motor o de no tener uno, que potencialmente pueda ser propulsada con motor. 

Beneficio de exenciones

Arriba

¿En qué casos estoy exento de pagar mi Impuesto a las Embarcaciones?

Están exentos del pago del impuesto las siguientes embarcaciones: 

  • Kayak, canoa, tabla de windsurf, hidropedales y bote propulsado exclusivamente a remo no apto para colocarse motor fuera de borda.
  • A motor o apta para ser utilizada a motor de hasta 4 mts. de eslora y propulsada por motor de menos de 9,9 HP de potencia.
  • Velero de hasta 5,50 mts. de eslora.
  • Estado Nacional, Estados Provinciales, Municipalidades y sus dependencias y reparticiones autárquicas o descentralizadas
  • Embarcaciones de propiedad de cuerpos de bomberos voluntarios. 
  • Embarcaciones que hayan sido cedidas en comodato o uso gratuito al Estado Provincial para el cumplimiento de sus fines. 
  • Comisiones de vecinos, asociaciones vecinales o centros vecinales autorizados como tales por las autoridades municipales o comunales respectivas. 
Vistas: 5832