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Resolución N° 106/2025 del Ministerio de Bioagroindustria – Exención por Declaración Desastre por Incendios
Fecha de Publicación
(Relacionada con el Acta N° 1/2025 de fecha 19 de marzo de 2025 de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, el Decreto N° 2206/2023, ratificado por la Ley N° 10.956, el artículo 6 del Decreto N° 2449/2023, los artículos 4, 5, inciso b), y 8, inciso a), concordantes y correlativos de la Ley N° 7121, los artículos 130 del Código Tributario Provincial – Ley N° 6006, T.0. 550/2023 -y la Ley N° 11.014, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Bioagroindustria con el N° 2025/00000231)

Declara a partir del 1/05/2025 y hasta el 30/04/2026, en estado de Desastre Agropecuario para los productores agropecuarios (agrícolas, forestales, frutihortícolas), ganaderos, tamberos y apícolas afectados por incendios en zonas productivas, ocurridos durante los meses de septiembre y octubre del 2024, y que desarrollan su actividad en las zonas afectadas por dichos fenómenos, las que han sido delimitadas según Anexo Único, determinando beneficio de exención.

Vigente

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