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Pago régimen especial de retención sujetos del exterior

Para presentar tus declaraciones juradas generando la liquidación del pago único del régimen especial de retención por locaciones o servicios con explotación en la Provincia de Córdoba, siempre que seas locatario o prestatario de sujetos radicados en el exterior, no inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Antes de empezar, tené en cuenta
  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA. 
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, hacé clic acá para conocer el paso a paso.
  • Tener a mano cuit y denominación de las partes intervinientes y datos de la locación o servicio.
Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
  3. Seleccioná Ingresos Brutoselegí Presentación de declaración jurada y pago, hacé clic en Pago régimen especial de retención sujetos del exterior.
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  5. Seleccioná Intermediario o Locatario.
  6. Completá los datos de las partes intervinientes y del servicio.
  7. Hacé clic en Calcular y ¡Listo!

Se generará la liquidación automáticamente. Podrás pagar online o descargar para pagar en efectivo. 

Más información sobre la solicitud
1. ¿Qué es el régimen especial de retención sujetos del exterior?

Es un régimen especial de retención del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos que aplica a personas radicadas en el exterior, con carácter de pago único.

2. ¿Quiénes están alcanzados?

Las personas radicadas en el exterior, no inscriptas en la Provincia de Córdoba que realizan una actividad alcanzada por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

3. ¿Quiénes están obligados a actuar como agentes?

Aquellas personas locatarias o prestatarias de obras, locaciones o servicios, que contraten a la persona radicada en el exterior no inscripta en el Impuesto sobre Ingresos Brutos y que la obra o prestación del servicio sea en la Provincia de Córdoba.

4. ¿Desde cuándo se aplica el régimen?

Desde el 15 de mayo de 2017.