Información legal
Novedades
Resolución Normativa N° 52/2019 – Excepción de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los usuarios generadores de energía eléctrica residenciales.
Fecha de Publicación 04/11/2019
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Reglamenta la excepción de la inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los usuarios / generadores residenciales, que desarrollen exclusivamente la actividad de inyección de energía eléctrica distribuida, cuyos ingresos se encuentren exentos en el impuesto de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Reglamentario N° 132/2019.
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Reglamenta la excepción de la inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los usuarios / generadores residenciales, que desarrollen exclusivamente la actividad de inyección de energía eléctrica distribuida, cuyos ingresos se encuentren exentos en el impuesto de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Reglamentario N° 132/2019.
Resoluciones Normativas
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Resolución SIP N° 4/2019 – Presencia digital significativa en la Provincia de Córdoba para la prestación de servicios digitales – Parámetros para su gravabilidad en Ingresos Brutos
Fecha de Publicación 24/10/2019
(En relación con el inciso d) del art.112 bis del Decreto 1205/2015 y sus modificatorios)
A fines de determinar la gravabilidad de la prestación de servicios digitales en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se considera que existe presencia digital significativa en la Provincia cuando para cada período fiscal se registren 50 o más locatarios, prestatarios o usuarios.
(En relación con el inciso d) del art.112 bis del Decreto 1205/2015 y sus modificatorios)
A fines de determinar la gravabilidad de la prestación de servicios digitales en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, se considera que existe presencia digital significativa en la Provincia cuando para cada período fiscal se registren 50 o más locatarios, prestatarios o usuarios.
Resoluciones SIP
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Vigente
Resolución SIP N° 57/2019 – Incorporación y eliminación de agentes de retención y percepción del impuesto sobre los Ingresos Brutos
Fecha de Publicación 15/10/2019
(Modifica la Resolución SIP Nº 1/2019, derogada por la Resolución SIP N° 10/2021)
Incorpora y elimina sujetos a la nómina de agentes de recaudación del Régimen de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Por otra parte, se reducen a la mitad las alícuotas aplicables (según la escala de ingresos) por parte de las entidades de seguro nominadas como agentes sobre los pagos que realicen a productores o intermediarios de seguros. Estas alícuotas se aplican sobre el monto total de la comisión que se abone.
(Modifica la Resolución SIP Nº 1/2019, derogada por la Resolución SIP N° 10/2021)
Incorpora y elimina sujetos a la nómina de agentes de recaudación del Régimen de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Por otra parte, se reducen a la mitad las alícuotas aplicables (según la escala de ingresos) por parte de las entidades de seguro nominadas como agentes sobre los pagos que realicen a productores o intermediarios de seguros. Estas alícuotas se aplican sobre el monto total de la comisión que se abone.
Resoluciones SIP
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No Vigente
Resolución Normativa N° 51/2019 – Adecuación a la cesión de créditos.
Feha de Publicación 10/10/2019
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Se amplía el alcance de los créditos tributarios originados en el Impuesto Inmobiliario, a la Propiedad Automotor y a las Embarcaciones obviando la notificación al cedente del monto autorizado con el fin de que preste su conformidad con el objetivo de agilizar y simplificar el trámite. Efectuada la solicitud, previa convalidación y autorización de los créditos tributarios, la dirección procederá a transferir tales importes al cesionario.
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Se amplía el alcance de los créditos tributarios originados en el Impuesto Inmobiliario, a la Propiedad Automotor y a las Embarcaciones obviando la notificación al cedente del monto autorizado con el fin de que preste su conformidad con el objetivo de agilizar y simplificar el trámite. Efectuada la solicitud, previa convalidación y autorización de los créditos tributarios, la dirección procederá a transferir tales importes al cesionario.
Resoluciones Normativas
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No Vigente
Resolución General de la Comisión Arbitral N° 07/2019 – Acceso al SIRCAR Provincia de Córdoba (CiDi)
Fecha de Publicación 07/10/2019
(Relacionada con la Resolución General C.A. N° 84/2002 (y sus modificatorias). Modifica la Resolución General C.A. Nº 11/2016).
Los agentes de recaudación de la Provincia de Córdoba podrán utilizar, de modo alternativo a la clave fiscal otorgada por la AFIP, la cuenta de usuario y contraseña Ciudadano Digital de la Provincia (CiDi) para acceder al SIRCAR
(Relacionada con la Resolución General C.A. N° 84/2002 (y sus modificatorias). Modifica la Resolución General C.A. Nº 11/2016).
Los agentes de recaudación de la Provincia de Córdoba podrán utilizar, de modo alternativo a la clave fiscal otorgada por la AFIP, la cuenta de usuario y contraseña Ciudadano Digital de la Provincia (CiDi) para acceder al SIRCAR
Resoluciones y disposiciones de la Comisión Arbitral
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Resolución Conjunta N° 4584/2019 – Registración y asignación de CUIT a Fundaciones y Asociaciones Civiles con domicilio en Córdoba
Fecha de Publicación 25/09/2019
Establece la interacción entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba, en el ámbito de sus respectivas competencias, con relación al procedimiento registral y al de asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a través de servicios “web” para Sociedades Anónimas, Asociaciones Civiles y Fundaciones con domicilio legal en la jurisdicción de la Provincia de Córdoba.
Establece la interacción entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba, en el ámbito de sus respectivas competencias, con relación al procedimiento registral y al de asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a través de servicios “web” para Sociedades Anónimas, Asociaciones Civiles y Fundaciones con domicilio legal en la jurisdicción de la Provincia de Córdoba.
Resoluciones Conjuntas
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Vigente
Resolución Normativa N° 50/2019 – Deroga el Régimen de Validación de la situación fiscal.
Fecha de Publicación 05/09/2019
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Deroga el Régimen de Validación de la situación fiscal requerido para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Deroga el Régimen de Validación de la situación fiscal requerido para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Resoluciones Normativas
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Resolución Normativa N° 49/2019 – Ajuste en ingreso de las percepciones por parte del intermediario
Fecha de Publicación 02/09/2019
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Ajusta lo establecido en el Artículo N.° 473 (32) de la Resolución Normativa N.° 1/2017 y sus modificatorias que expresaba que el comitente, en caso de ser agente de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, deberá ingresar los importes percibidos por el intermediario, indicando que cuando los intermediarios sean nominados agentes deberán actuar como tales en relación a las ventas que realicen a nombre propio y por cuenta de terceros.
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Ajusta lo establecido en el Artículo N.° 473 (32) de la Resolución Normativa N.° 1/2017 y sus modificatorias que expresaba que el comitente, en caso de ser agente de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, deberá ingresar los importes percibidos por el intermediario, indicando que cuando los intermediarios sean nominados agentes deberán actuar como tales en relación a las ventas que realicen a nombre propio y por cuenta de terceros.
Resoluciones Normativas
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Resolución Normativa N° 48/2019 – Redefinción de la Base Imponible para los Agentes de Información de combustibles líquidos
Fecha de Publicación 30/08/2019
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Para los sujetos que intervengan en la cadena de comercialización de combustibles líquidos, se redefine el valor de la sumatoria de bases imponibles del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el año inmediato anterior al que le corresponde suministrar la información, la que no deberá superar los pesos nueve millones ($ 9.000.000), reduciendo de esta manera el universo de quienes deberán actuar como tales.
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Para los sujetos que intervengan en la cadena de comercialización de combustibles líquidos, se redefine el valor de la sumatoria de bases imponibles del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el año inmediato anterior al que le corresponde suministrar la información, la que no deberá superar los pesos nueve millones ($ 9.000.000), reduciendo de esta manera el universo de quienes deberán actuar como tales.
Resoluciones Normativas
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Resolución Normativa N° 47/2019 – Declaración jurada anual para consorcios camineros y certificado de no percepción para aduaneros con saldo a favor
Fecha de Publicación 27/08/2019
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Establece que los consorcios camineros, canaleros y de conservación de suelos presenten solo una declaración jurada anual, exceptuándolos de la presentación de la declaración jurada mensual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Los contribuyentes que posean saldos a favor provenientes de percepciones aduaneras, podrán solicitar un certificado de no percepción.
(Modifica la Resolución Normativa N° 1/2017. Derogada por RN 1/2021)
Establece que los consorcios camineros, canaleros y de conservación de suelos presenten solo una declaración jurada anual, exceptuándolos de la presentación de la declaración jurada mensual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Los contribuyentes que posean saldos a favor provenientes de percepciones aduaneras, podrán solicitar un certificado de no percepción.
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