Información legal
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Decreto N° 151/2025 – Costo Fiscal e Informe de Normas
Fecha de Publicación 28/05/2025
(Se relaciona con último párrafo del artículo 20 del Código Tributario de la Provincia de Córdoba -Ley N° 6006, T.O. 2023 y modificatorias y el artículo 144, inciso 1° y 2°, de la Constitución Provincial. Relacionada con la Resolución SIP N° 34/2025 Letra D)
Establece la intervención obligatoria previa de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Gestión Pública en toda gestión que implique el otorgamiento de beneficios fiscales en el marco de regímenes o programas promocionales provinciales con la finalidad de evaluar, revisar y, en su caso, cuantificar el gasto tributario asociado al beneficio a conceder.
(Se relaciona con último párrafo del artículo 20 del Código Tributario de la Provincia de Córdoba -Ley N° 6006, T.O. 2023 y modificatorias y el artículo 144, inciso 1° y 2°, de la Constitución Provincial. Relacionada con la Resolución SIP N° 34/2025 Letra D)
Establece la intervención obligatoria previa de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Gestión Pública en toda gestión que implique el otorgamiento de beneficios fiscales en el marco de regímenes o programas promocionales provinciales con la finalidad de evaluar, revisar y, en su caso, cuantificar el gasto tributario asociado al beneficio a conceder.
Decretos
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Resolución Normativa N° 21/2025 –Modifica Reglamentación para Exención de Eventos Culturales
Fecha de Publicación 22/05/2025
(Se relaciona con la Ley N° 11.015 que modifica el Artículo 1 del Decreto N° 2598/2011 y su modificatorio, la Resolución N° 2024/D-00000575 del Ministerio de Economía y Gestión Pública que adaptó la reglamentación prevista en la Resolución N° 2023/D-00000454 y sus modificatorias, y la Resolución N° 2025/RC-00000155 de la Agencia Córdoba Cultura S.E.)
Adapta lo reglamentado en el Artículo 316 y en el Anexo II de la Resolución Normativa N° 1/2023 atento a que se modificaron los requisitos y procedimiento para quedar comprendido en la exención de eventos culturales y/o espectáculos musicales, artísticos y circenses.
(Se relaciona con la Ley N° 11.015 que modifica el Artículo 1 del Decreto N° 2598/2011 y su modificatorio, la Resolución N° 2024/D-00000575 del Ministerio de Economía y Gestión Pública que adaptó la reglamentación prevista en la Resolución N° 2023/D-00000454 y sus modificatorias, y la Resolución N° 2025/RC-00000155 de la Agencia Córdoba Cultura S.E.)
Adapta lo reglamentado en el Artículo 316 y en el Anexo II de la Resolución Normativa N° 1/2023 atento a que se modificaron los requisitos y procedimiento para quedar comprendido en la exención de eventos culturales y/o espectáculos musicales, artísticos y circenses.
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Resoluciones Normativas
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Vigente
Ley N° 11004 – Exenciones a la Industria de Pelotas Deportivas en el Departamento Unión
Fecha de Publicación 13/05/2025
Establece régimen especial para fomentar la producción y elaboración de pelotas de fútbol y de otras disciplinas deportivas en el Departamento Unión al que se podrá acceder inscribiéndose en el «Registro Provincial de Beneficiarios» dentro de la Secretaría de Industria del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica para gozar de beneficios impositivos. Se invita a municipalidades y comunas del Departamento Unión a adherir al régimen y otorgar incentivos tributarios locales.
Establece régimen especial para fomentar la producción y elaboración de pelotas de fútbol y de otras disciplinas deportivas en el Departamento Unión al que se podrá acceder inscribiéndose en el «Registro Provincial de Beneficiarios» dentro de la Secretaría de Industria del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica para gozar de beneficios impositivos. Se invita a municipalidades y comunas del Departamento Unión a adherir al régimen y otorgar incentivos tributarios locales.
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Otras Leyes
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Vigente
Resolución SIP N° 16/2025 Letra D– Transparencia Fiscal Impuesto sobre los Ingresos Brutos
Fecha de Publicación 09/05/2025
(Relacionada con el artículo 98 de la Ley Nacional N° 27743,y el primer párrafo del artículo 39 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado)
Instruye a la DGR de Córdoba a revisar y reglamentar el sistema de facturación para que los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos informen claramente a los consumidores finales cuánto de ese impuesto incide en el precio final de los bienes o servicios facturados. Esta medida responde a modificaciones en la Ley Nacional N.º 27.743 y requiere coordinación con ARCA y la aprobación del Observatorio de Comercio y Desarrollo Productivo de Córdoba e invita a las municipalidades a adoptar medidas similares respecto a sus tributos. La implementación para contribuyentes del Convenio Multilateral queda supeditada a futuras definiciones de armonización normativa entre jurisdicciones.
(Relacionada con el artículo 98 de la Ley Nacional N° 27743,y el primer párrafo del artículo 39 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado)
Instruye a la DGR de Córdoba a revisar y reglamentar el sistema de facturación para que los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos informen claramente a los consumidores finales cuánto de ese impuesto incide en el precio final de los bienes o servicios facturados. Esta medida responde a modificaciones en la Ley Nacional N.º 27.743 y requiere coordinación con ARCA y la aprobación del Observatorio de Comercio y Desarrollo Productivo de Córdoba e invita a las municipalidades a adoptar medidas similares respecto a sus tributos. La implementación para contribuyentes del Convenio Multilateral queda supeditada a futuras definiciones de armonización normativa entre jurisdicciones.
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Resoluciones SIP
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Vigente
Resolución N° 27/2025 de la Dirección de Tránsito – Nuevo Valor para la Unidad Fija de Multa (UF)
Fecha de Publicación 06/05/2025
(Se relaciona con el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004))
Establece el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 (T.O 2004) en la suma de pesos mil doscientos sesenta y uno ($1261,00), vigente desde el 06/05/2025.
(Se relaciona con el artículo 121 de la Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004))
Establece el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 (T.O 2004) en la suma de pesos mil doscientos sesenta y uno ($1261,00), vigente desde el 06/05/2025.
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Otras resoluciones
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No Vigente
Ley N° 11042 – Modifica Código Arancelario para Abogados y Procuradores
Fecha de Publicación 05/05/2025
(Modifica la Ley Nº 9459 -Código Arancelario para Abogados y Procuradores-)
Establece modificaciones al Código Arancelario para Abogados y Procuradores
(Modifica la Ley Nº 9459 -Código Arancelario para Abogados y Procuradores-)
Establece modificaciones al Código Arancelario para Abogados y Procuradores
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Otras Leyes
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Disposición de la Comisión Arbitral N° 8/2025 – Sistema “Portal Federal Tributario”
Fecha de Publicación 28/04/2025
(Se relaciona con la Resolución General N° 7/2025 la Comisión Arbitral)
Establece que desde el 28/04/2025 el Portal Federal Tributario” se encuentra operativo a través del sitio web: www.pft.comarb.gob.ar
(Se relaciona con la Resolución General N° 7/2025 la Comisión Arbitral)
Establece que desde el 28/04/2025 el Portal Federal Tributario” se encuentra operativo a través del sitio web: www.pft.comarb.gob.ar
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Resoluciones y disposiciones de la Comisión Arbitral
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Vigente
Resolución General N° 2219/2025 – Prórroga Anticipo 03-2025 Ingresos Brutos local
Fecha de Publicación 21/04/2025
(Se relaciona con el artículo 3 de la Resolución N° 2024/00000575 (B.O. 30/12/2024) modificatoria de la Resolución N° 2023/D-00000454 (BO 10-10-2023) del Ministerio de Economía Gestión Pública y la Disposición de Presidencia N° 7/2025 de la Comisión Arbitral)
Considera, en forma excepcional, presentado y pagado en término el anticipo 03/2025 de los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el Régimen General, cuyo vencimiento operan los días 16 y 21 de abril del 2025, siempre que se hayan efectuado hasta el día viernes 25 de abril de 2025.
(Se relaciona con el artículo 3 de la Resolución N° 2024/00000575 (B.O. 30/12/2024) modificatoria de la Resolución N° 2023/D-00000454 (BO 10-10-2023) del Ministerio de Economía Gestión Pública y la Disposición de Presidencia N° 7/2025 de la Comisión Arbitral)
Considera, en forma excepcional, presentado y pagado en término el anticipo 03/2025 de los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el Régimen General, cuyo vencimiento operan los días 16 y 21 de abril del 2025, siempre que se hayan efectuado hasta el día viernes 25 de abril de 2025.
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Resoluciones Generales
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Disposición de la Comisión Arbitral N° 7/2025 – Extiende el plazo de vencimientos SIFERE
Fecha de Publicación
(Se relaciona con la Resolución General CA N° 12/2024)
Téngase por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos del anticipo 3/2025, de los contribuyentes que tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Convenio Multilateral, cuyo vencimiento fue establecido en la Resolución General N° 12/2024 para los días 15, 16, 21 y 22 de abril del corriente, hasta el día 25 de abril del corriente año.
(Se relaciona con la Resolución General CA N° 12/2024)
Téngase por realizadas en término las presentaciones de las declaraciones juradas y pagos del anticipo 3/2025, de los contribuyentes que tributan el Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Convenio Multilateral, cuyo vencimiento fue establecido en la Resolución General N° 12/2024 para los días 15, 16, 21 y 22 de abril del corriente, hasta el día 25 de abril del corriente año.
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Resoluciones y disposiciones de la Comisión Arbitral
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Resolución N° 106/2025 del Ministerio de Bioagroindustria – Exención por Declaración Desastre por Incendios
Fecha de Publicación 16/04/2025
(Relacionada con el Acta N° 1/2025 de fecha 19 de marzo de 2025 de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, el Decreto N° 2206/2023, ratificado por la Ley N° 10.956, el artículo 6 del Decreto N° 2449/2023, los artículos 4, 5, inciso b), y 8, inciso a), concordantes y correlativos de la Ley N° 7121, los artículos 130 del Código Tributario Provincial – Ley N° 6006, T.0. 550/2023 -y la Ley N° 11.014, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Bioagroindustria con el N° 2025/00000231)
Declara a partir del 1/05/2025 y hasta el 30/04/2026, en estado de Desastre Agropecuario para los productores agropecuarios (agrícolas, forestales, frutihortícolas), ganaderos, tamberos y apícolas afectados por incendios en zonas productivas, ocurridos durante los meses de septiembre y octubre del 2024, y que desarrollan su actividad en las zonas afectadas por dichos fenómenos, las que han sido delimitadas según Anexo Único, determinando beneficio de exención.
(Relacionada con el Acta N° 1/2025 de fecha 19 de marzo de 2025 de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, el Decreto N° 2206/2023, ratificado por la Ley N° 10.956, el artículo 6 del Decreto N° 2449/2023, los artículos 4, 5, inciso b), y 8, inciso a), concordantes y correlativos de la Ley N° 7121, los artículos 130 del Código Tributario Provincial – Ley N° 6006, T.0. 550/2023 -y la Ley N° 11.014, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Bioagroindustria con el N° 2025/00000231)
Declara a partir del 1/05/2025 y hasta el 30/04/2026, en estado de Desastre Agropecuario para los productores agropecuarios (agrícolas, forestales, frutihortícolas), ganaderos, tamberos y apícolas afectados por incendios en zonas productivas, ocurridos durante los meses de septiembre y octubre del 2024, y que desarrollan su actividad en las zonas afectadas por dichos fenómenos, las que han sido delimitadas según Anexo Único, determinando beneficio de exención.
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Otras resoluciones
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