Para tu auto o embarcación.
Beneficios 2024
Para tu auto o embarcación
Si estás al día
Por pago anual
Para tu campo.
Para tu campo
Si estás al día
Por pago anual
Si cumplís con las Buenas Prácticas Agropecuarias y el Plan Agroforestal con pago online.
Hay más
¿Sabías que podés pagar tus impuestos en cuotas y sin interés?
✅ Con Cordobesa hasta 4 sin interés y Naranja X plan Z.✨
¿Sabías que podés pagar tus impuestos en cuotas y sin interés?
Pagá con Cordobesa hasta 4 sin interés y Naranja X plan Z. ✅
Agendá los vencimientos
Pago anual
11 de Marzo
Automotor y Embarcaciones
10 de Mayo
Inmobiliario Rural
16 de Febrero
Inmobiliario Urbano
¿Necesitás un informe?
Cómo se calcula tu impuesto inmobiliario
Cómo se calcula tu impuesto inmobiliario
Para entender el monto del impuesto debés considerar 3 variables:
- La Base imponible expresa el valor del inmueble, determinado por Catastro Córdoba. Su monto desde el año 2020 no presenta variaciones.
- La Alícuota es un índice que multiplicado por la BI, da como resultado el monto original de la obligación a pagar.
- El Coeficiente de Equidad Inmobiliaria busca equilibrar la carga tributaria del Impuesto inmobiliario y asegurar que el monto final del impuesto no supere ni quede atrasado con respecto los índices de actualización de los precios.
Lo consultás ingresando acá con tu número de Cuenta o dirección del inmueble. Hacé clic en tu inmueble dentro del mapa y encontrarás la información en el margen izquierdo.
El Impuesto Inmobiliario no tiene actualizaciones en los valores de sus bases imponibles con respecto al año anterior.
- Al monto se le aplica el Coeficiente de Equidad Inmobiliaria, con el objetivo de equilibrar la carga tributaria.
- Aplica tanto para inmuebles edificados, baldíos o rurales.
- Este coeficiente es único por cada inmueble y se determina según la información geográfica de la Provincia de Córdoba proporcionada por IDECOR.
- El impuesto no puede exceder en más al porcentaje de incremento interanual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), entre los meses que a tal efecto disponga el Ministerio de Finanzas.
- El beneficio de limitación en el incremento del impuesto no será de aplicación para aquellos inmuebles que constituyan rémora o vivienda vacía.
Impuesto Rural:
- Para el Pago Anual de los inmuebles comprendidos en los Grupos I, II y III del artículo 126, no podrán excederse respecto del monto de la anualidad 2023, según el porcentaje de variación del Índice de Productos Agropecuarios correspondiente al Índice de Precios Internos al por Mayor (IPM) del Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM) que publica el Instituto Nacional de
Estadísticas y Censos (INDEC). Los Grupos IV y V no están sujetos a Cota. - Para el Pago Mensual se les aplicará la variación establecida según Índice de Precios Internos al por Mayor (IPM) del Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM) que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
Impuesto Urbano:
- No puede exceder en más al porcentaje de incremento interanual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), entre los meses que a tal efecto disponga el Ministerio de Finanzas.
Obtendrás un 5% de descuento extra en tu Impuesto Rural 2024 si cumplís con las condiciones del Plan Agroforestal y el código de buenas prácticas Agropecuarias y además, abonás el impuesto Online.
Exenciones 2024
Adulto mayor
Para inmuebles de personas mayores de 65 años que cumplan con las condiciones.
Vulnerabilidad social
Para quienes no pueden abonar el impuesto inmobiliario y cumplen con las condiciones.