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Exención - Héroes de Malvinas

Para solicitar la exención en el pago del Impuesto Inmobiliario para beneficiarios de la Pensión Héroes de Malvinas de Córdoba.

Antes de empezar, tené en cuenta
  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, hacé clic acá para conocer el paso a paso.
  • Estar incluido en la nómina de beneficiarios de la Pensión de Héroes de Malvinas de la Secretaría de Acción Social del Ministerio de Desarrollo Social Córdoba.
  • Estar al día en los periodos por los cuales no solicitás la exención.
Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión
  3. Seleccioná Inmueble, clic en Exenciones, elegí Héroes de Malvinas
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud
  5. Desplegá el listado Inmueble, seleccioná el inmueble y hacé clic en Confirmar selección
  6. Clic en Continuar
  7. Completá las fechas, desplegá y seleccioná el Carácter del solicitante. Si precisás, podés describir brevemente tu caso en Observaciones y hacé clic en Continuar
  8. Adjuntá documentación útil para tu solicitud. Luego, hacé clic en Continuar
  9. Cargá los Datos de Contacto y hacé clic en Continuar
  10. Verificá el resumen de lo declarado y hace clic en Enviar solicitud, ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.

Más información sobre la solicitud
1. ¿Todos los Héroes de Malvinas pueden solicitar ésta exención?

No. Debés estar incluido en la nómina de Beneficiarios de la Pensión de Héroes de Malvinas de la Secretaria de Acción Social del Ministerio de Desarrollo Social Córdoba y ser titular del inmueble.

2. ¿Cuál es el plazo de la exención?

Mantendrás la exención,  siempre que continúes cumpliendo las condiciones.

3. ¿Cuándo tengo que solicitar la exención?

Podrás solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y te corresponda.

4. ¿Puedo solicitar la exención retroactiva?

Sí. La exención se otorgará a partir del 01/01/2008, o desde el 1 de enero del año siguiente al que fuiste designado beneficiario o desde que sos titular del inmueble (lo que fuese posterior).

5. ¿Puedo solicitar la exención para todos mis inmuebles?

No. Sólo contará con el beneficio el inmueble destinado a vivienda permanente del beneficiario o de su grupo familiar.

6. El titular del inmueble y beneficiario falleció, ¿Puedo solicitar la exención?

En este caso, podrá solicitar la exención aquella persona que esté incluida en la nómina y acredite el carácter de nuevo beneficiario de la misma.