- Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA.
- Ser mayor a 18 años al 31 de diciembre del año anterior por el cual solicitás la exención.
- Ser titular o poseedor a título de dueño, de un único inmueble edificado y habitar en él y que su base imponible sea menor o igual a $8.100.000.
- Tener a mano el número de cuenta de tu inmueble. Para saber dónde consultarlo, hacé clic acá.
- No tener más de dos automotores y que su base imponible para el año 2025 o la sumatoria de los dos sea menor o igual a $24.500.000.
- No poseer embarcaciones.
- Tener un Impuesto Anual más Fondos 2025, sin considerar descuentos aplicados, de hasta $400.000.
- Si el inmueble tiene más de un titular, la exención se otorgará al condómino que cumpla con todas las condiciones.
- En caso de sucesión indivisa, si no hay Declaratoria de Herederos, el sucesor deberá cumplir las condiciones detalladas anteriormente, para solicitar la exención.
Obtendrás la exención al 100%, si:
- Tus ingresos netos totales del mes de noviembre de 2024 o el promedio de los mismos (en caso de que realices una actividad económica) son menores o iguales a $440.000.
Obtendrás la exención al 50%, si:
- Tus ingresos netos totales del mes de noviembre de 2024 o el promedio mensual de los mismos (en caso que realices una actividad económica) son mayores a $440.000 y menores o iguales a $1.010.000.
Al final de esta guía, dentro de Más información sobre la solicitud, encontrarás las condiciones para solicitar tu exención retroactiva.
Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.
- Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
En CiDi
En ARCA - En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
- Seleccioná Inmobiliario, clic en Exenciones, elegí Adultos mayores o vulnerabilidad social.
- Hacé clic en Vulnerabilidad Social.
- Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
- Desplegá y seleccioná el medio de consulta: DNI, CUIT o Cuenta inmobiliaria y clic en Consultar.
- Si no estás exento y cumplís con las condiciones, seleccioná Solicitar exención.
- Elegí la opción correspondiente La exención es para mí o Estoy ayudando al interesado, luego Declará si es único inmueble.
- Completá tu estado civil, ingresá el año a eximir y si existieron ingresos e indicá el origen. Al finalizar, hacé clic en Agregar año a la solicitud.
- Verificá la información y clic en Confirmar datos.
- Adjuntá la documentación correspondiente y hacé clic en Continuar.
- Completá los datos de contacto y clic en Continuar.
- Verificá los datos ingresados, hacé clic en Enviar Solicitud y ¡Listo!
Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.
Rentas te otorga la exención por el plazo de un año. Desde el 01 de enero del año por el cual solicitás la exención hasta el vencimiento de la última cuota del impuesto.
Sí. Solicitala siguiendo el paso a paso y teniendo en cuenta las siguientes condiciones.
Para periodos desde 2017 hasta el 2023:
- Tenías menos de 65 años, al 31 de diciembre del año por el que solicitás la exención.
- Eras titular o poseedor de un único inmueble edificado y vivías en el.
- Percibías ingresos netos totales inferiores a los indicados en la Normativa por el cual realizás la solicitud, tomando como referencia el mes de noviembre del año anterior. Consultá los montos haciendo clic acá.
Además, para el año 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 tené en cuenta:
- Tu inmueble debía tener una base imponible que no supere los valores definidos para cada uno de los años por el cual realizás la solicitud.
- No tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, no debía superar los valores definidos para cada uno de los años por el cual realizás la solicitud.
- No tener más de una embarcación, con una base imponible que no supere los valores definidos para cada uno de los años por el cual realizás la solicitud.
- Consultá los montos, haciendo clic acá.
Recordá que, si los periodos por los que solicitás la exención poseen deuda en instancia prejudicial o judicial, se exigirá de corresponder, el pago de gastos y honorarios . Verificá esta información en tu perfil y solicitanos la liquidación por nuestro Chat en Línea
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Podrás solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y te corresponda.
Es el monto que cobrás “de bolsillo”, es decir tu ingreso con todas las deducciones realizadas.
Sí. Siempre que las sumas de tus ingresos no superen el tope establecido para el año en que solicitás tu exención.
Sí. Sus ingresos no deben superar el tope establecido para el año en que solicitás tu exención. Tené en cuenta que tus importes y los de tu cónyuge no se suman.
No. Para poder tener la exención debés ser titular o poseedor de un único inmueble edificado y vivir en él.