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Exención - Producción de Software

Para obtener la exención del Impuesto de Ingresos Brutos si desarrollás la actividad de Producción de Software.

Antes de empezar, tené en cuenta
  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA. 
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, hacé clic acá para conocer el paso a paso.
  • Tener a mano tus últimas 10 facturas consecutivas emitidas.
Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
  3. Seleccioná Ingresos brutos, clic en Exenciones, elegí Producción de software.
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  5. Sobre Ingresos Brutos, desplegá el listado de actividades, seleccioná la misma y hacé clic en Confirmar selección.
  6. Completá las fechas. Tildá la opción en caso de solicitar la exclusión al régimen simplificado y continuá.
  7. Adjuntá la documentación y hacé clic en Continuar.
  8. Completá los datos de contacto y continuá.
  9. Verificá el resumen, enviá la solicitud y ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.

Más información sobre la solicitud
1. ¿Cuándo tengo que solicitar la exención?

Podrás solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y te corresponda.

2. ¿Cuál es el plazo de la exención?

Mantendrás la exención, siempre que continúes cumpliendo las condiciones.

3. ¿Puedo realizar la solicitud si realizo más de una actividad y está gravada?

Sí. Podés ingresar la solicitud y debés abonar el impuesto por la actividad gravada.

4. ¿Puedo solicitar la exención retroactiva?

Sí. Solicitala siguiendo el paso a paso adjuntando histórico de actividades y categorías de ARCA.

5. ¿Debo seguir presentando DDJJ?

Si te encontrás en el Régimen General o de Convenio Multilateral, tenés que seguir presentando las DDJJ.

6. ¿Qué significa la opción “Excusión al Régimen Simplificado”?

Si tributás bajo el Régimen Simplificado y tildás la opción de Exclusión al Régimen Simplificado, se cambiará el régimen de tributación al Régimen General a partir del mes siguiente de la presentación de la solicitud de Exención. Por lo cual, deberás presentar declaraciones juradas mensuales, declarando los ingresos por las actividades exentas y gravadas. Para poder excluirte deberás tener dos o más actividades y la actividad principal debe estar exenta.