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Exención - Cooperativas destinadas a establecimientos educativos y/o para personas con discapacidad

Para solicitar la exención del Impuesto Inmobiliario si sos cooperativa que destinas tu inmueble al uso como establecimiento educativo o para enseñanza a personas con discapacidad.

Antes de empezar, tené en cuenta
  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, hacé clic acá para conocer el paso a paso.
  • El inmueble debe estar a nombre de la cooperativa.
  • Tener la autorización para funcionar como cooperativa otorgada por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).
  • Contar con Acta de Uso emitida por escribano público.
  • La actividad de enseñanza privada o para personas con discapacidad debe estar avalada por una autoridad competente.
  • Estar al día en los periodos por los cuales no solicitás la exención.
  • Si tenés deuda en instancia judicial o prejudicial en los periodos por los que solicitaste la exención, deberás pagar previamente sus gastos y honorarios. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea 
Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
  3. Seleccioná Inmobiliario, clic en Exenciones, elegí Cooperativas destinadas a establecimientos educativos y/o para personas con discapacidad.
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  5. Desplegá los inmuebles y seleccioná el correspondiente, luego clic en Confirmar selección.
  6. Completá las fechas, luego clic en Continuar.
  7. Adjuntá la documentación y hacé clic en Continuar.
  8. Completá los Datos de contacto, luego clic en Continuar.
  9. Verificá el resumen de lo declarado y hacé clic en Enviar solicitud, ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.

Más información sobre la solicitud
1. ¿Cuál es el plazo de la exención?

Rentas te otorga la exención por el plazo del año en curso y por dos años más, de enero a diciembre. Recordá que si tu actividad de enseñanza privada o para personas con discapacidad inicia después del 1° de enero, la exención tendrá vigencia a partir del mes de inicio de la actividad.

2. ¿Cuándo tengo que solicitar la exención?

Podrás solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y te corresponda.

3. ¿Puedo pedir la exención si no tengo la titularidad completa del inmueble?

Sí. Obtendrás la exención en proporción al porcentaje de tu titularidad.