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Exclusión al régimen simplificado

Para solicitar la exclusión al Régimen Simplificado en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos si desarrollás más de una actividad y la principal está exenta o tus ingresos provienen de la exportación de bienes o servicios.

Antes de empezar, tené en cuenta
  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA. 
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, hacé clic acá para conocer el paso a paso.
  • Estar inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
  • Contar con al menos 2 actividades y que la principal esté exenta.
  • Si tu actividad principal no está exenta y provienen de la exportación de bienes o servicios, tené a mano para adjuntar las últimas 10 facturas “E”.
Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2.
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
  3. Seleccioná Ingresos brutos, clic en Gestiones generales, elegí Exclusión al régimen simplificado.
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  5. Seleccioná la actividad principal, tildá la confirmación de declaración de datos y hacé clic en Confirmar.
  6. Tildpa la opción en caso te obtener los ingresos por exportación.
  7. Adjuntá documentación útil para tu solicitud. Luego, hacé clic en Confirmar.
  8. ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.  

Más información sobre la solicitud
1. ¿A partir de cuándo me excluyen del régimen simplificado?

A partir del primer día del mes siguiente a tu solicitud. Por ejemplo, si presentaste la solicitud un día 15 de este mes, la vigencia del nuevo régimen será a partir del 1° del mes siguiente.

2. ¿Por el cambio de régimen, tengo que presentar DDJJ?

Sí. En el nuevo régimen deberás presentar declaración jurada mensual o anual dependiendo de la actividad que desarrolles.

3. ¿Puedo revertir mi solicitud de exclusión y volver al régimen simplificado?

Sí. Siempre y cuando sigas permaneciendo como Monotributista en AFIP.

Para solicitar la reversión, comunicate con nuestros canales de atención:

  • Pedí un turno al 0800-444-8008 y Rentas te llama. 
  • Chateanos desde la página de inicio de nuestra web, abajo a la derecha. 
  • Chateanos desde nuestra fanpage en Facebook.