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Declaración jurada Entidades Financieras – Intermediarios sujetos del exterior

Para presentar tus declaraciones juradas generando la liquidación del pago único del régimen especial de retención por locaciones o servicios con explotación en la Provincia de Córdoba, siempre que seas una entidad financiera intermediaria de personas radicadas en el exterior, no inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Antes de empezar, tené en cuenta
  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA. 
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, hacé clic acá para conocer el paso a paso.
  • Tener a mano la fecha de la semana a declarar y archivos en formato TXT con datos de la operación.
Paso a paso
  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
  3. Seleccioná Ingresos brutosen Gestiones generales, elegí Declaración jurada entidades financieras – Intermediario sujetos del exterior intermediarios.
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  5. Completá la fecha de Semana Desde.
  6. Adjuntá si precisás, los archivos con datos de la operación en formato TXT y anexos.
  7. Hacé clic en Calcular y ¡Listo!

Se generará la liquidación automáticamente. Podrás pagar online o descargar para pagar en efectivo.

Más información sobre la solicitud
1. ¿Qué son entidades financieras?

Son aquellas comprendidas dentro de la Ley de Entidades Financieras e incluye:

  • Bancos comerciales
  • Banco de inversión
  • Bancos hipotecarios
  • Compañías financieras
  • Sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda u otros inmuebles
  • Cajas de crédito
2. ¿Quiénes están alcanzados?

Las personas radicadas en el exterior, no inscriptas en la Provincia de Córdoba que realizan una actividad alcanzada por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

3. ¿Quiénes están obligados a actuar como agentes?

Aquellas personas locatarias o prestatarias de obras, locaciones o servicios, que contraten a la persona radicada en el exterior no inscripta en el Impuesto sobre Ingresos Brutos y que la obra o prestación del servicio sea en la Provincia de Córdoba.

4. ¿Desde cuándo se aplica el régimen?

Desde el 15 de mayo de 2017.