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Contribuyente de Extraña Jurisdicción

Para que los agentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos  no te apliquen percepciones  si estás inscripto en el Régimen Local de otra provincia o en el Convenio Multilateral sin tener el alta en la Jurisdicción Córdoba.

Antes de empezar, tené en cuenta
  • No debés estar inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

  • No debés formar parte del Listado Único de Alícuota LUA.

Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar
  2. Hacé clic en la sección Iniciar Gestiones.
  3. Seleccioná Ingresos brutos, clic en Régimen de retención y percepción, elegí Contribuyente de extraña jurisdicción.
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  5. Ingresá tu número de CUIT y clic en Guardar.
  6. Completá los datos de jurisdicción y de contacto. Luego tildá la declaración de datos correctos. Clic en Confirmar. 
  7. ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil. 

Más información sobre la solicitud
1. Al confirmar mi solicitud, ¿qué alícuota obtengo?

Obtendrás automáticamente la alícuota 0% para la Percepción, por la operación realizada con el Agente en la Provincia de Córdoba. Descargá la constancia en nuestra web.

2. ¿Tengo que renovar esta solicitud?

No. Tendrá vigencia mientras mantengas las condiciones, es decir, que no tengas el alta de la Jurisdicción Córdoba si perteneces a Convenio Multilateral o que no te inscribas como Contribuyente Local en Córdoba.