Podrás pedir la exención retroactiva por Vulnerabilidad correspondiente a los períodos de 2017 hasta 2023, si:
- Tenías menos de 65 años, al 31 de diciembre del año por el que solicitás la exención.
- Eras titular o poseedor de un único inmueble edificado y vivías en el.
- Percibías ingresos netos totales inferiores para cada uno de los años por los cuales realizás la solicitud, tomando como referencia el mes de noviembre del año anterior. Consultá los montos haciendo clic acá.
- Debés estar estar al día en los períodos que no solicitás la exención.
✳️ En caso de solicitar la exención para el año 2020 y 2023, tu inmueble debe tener una base imponible que no supere los valores definidos para cada uno de los años por el cual realizas la solicitud.
Además, no debés tener más de dos automotores y su base imponible, o la sumatoria de las dos, no deberá superar los valores definidos para cada uno de los años por el cual realizas la solicitud.
Consulta tu base imponible haciendo clic acá.
Si tenés una embarcación, su base imponible no deberá superar los valores definidos para cada uno de los años por el cual realizas la solicitud.
Consultá los montos haciendo clic acá.
✳️ Recordá que, si los períodos por los que solicitás la exención poseen deuda en instancia prejudicial o judicial, deberás pagar previamente los gastos y honorarios generados hasta la fecha de inicio de tu gestión. Verificá esta información en tu perfil y solicitanos la liquidación por nuestro chat