Decreto N° 222/2025 – Plan Excepcional de Facilidades de Pago para la Cancelación de Deudas Tributarias y No Tributarias
Fecha de Publicación 23/09/2025
(Se relaciona con el artículo 125, 126, 127 y 132 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2023 y sus modificatorias, el Decreto Nº 1738/16, sus modificatorios y normas complementarias. Modificado por Resolución -D- N° 433/2025 del Ministerio de Economía y Gestión Pública).
Los contribuyentes y/o responsables del pago de tributos, sus actualizaciones, recargos, intereses y/o multas, vencidos al día 31 de agosto de 2025, podrán acceder a un régimen excepcional de pago para la cancelación de dichos montos, en las condiciones que se establecen en el presente Decreto. Las multas podrán ser incorporadas independientemente del vencimiento para el pago de las mismas. Se encuentran comprendidas en el presente régimen excepcional de pago las multas de la Policía Caminera de la Provincia con independencia de la fecha en que hayan sido labradas.
Vigente
