Resolución General de la Comisión Arbitral N° 11/2024 – Reglas y/o pautas comunes para ser observadas en las normas locales con relación a los contribuyentes alcanzados
Fecha de Publicación 16/12/2024
(Relacionada con la Resolución General Nº 2/2019 de la Comisión Arbitral y sus modificatorias (TO Resolución General CA N° 8/2021) y el DNU 731/2024)
Las jurisdicciones adheridas al SIRTAC, entienden que las propinas no podrán ser objeto de ningún tipo de retención o percepción por parte de los administradores de tarjetas y agrupadores de pagos en la medida que dichos conceptos puedan ser identificados y desglosados del pago del producto o servicio que los consumidores deseen gratificar.
Vigente
