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Exención - Inmuebles cedidos gratuitamente

Para solicitar Exención del Impuesto Inmobiliario, para Inmuebles cedidos gratuitamente para el funcionamiento de:
Asilos, Bibliotecas públicas, Casas de beneficencia, Escuelas, Establecimientos de enseñanza en general, Hogares de día y Hospitales

Antes de empezar, tené en cuenta
  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, hacé clic acá para conocer el paso a paso.
  • Presentar escritura pública debidamente inscripta, donde se haga mención al otorgamiento del derecho y uso del bien; en caso de no detallarse, adjuntá un acta de uso certificada por Escribano Público o Juez de Paz, con identificación de inmueble (n° de cuenta/ nomenclatura catastral) y descripción del destino del mismo.
  • Estar al día en los periodos por los cuales no solicitás la exención.
  • Si tenés deuda en instancia judicial o prejudicial en los periodos por los que solicitaste la exención, deberás pagar previamente sus gastos y honorarios. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea 
Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
  3. Seleccioná Inmobiliario, clic en Exenciones, elegí Inmuebles cedidos gratuitamente.
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  5. Seleccioná el inmueble y hacé clic en Confirmar selección.
  6. Completá las fechas. Si precisás, podés describir brevemente tu caso en Observaciones y hacé clic en Continuar.
  7. Adjuntá la documentación y hacé clic en Continuar.
  8. Completá los Datos de contacto, luego clic en Continuar.
  9. Verificá el resumen de lo declarado y hacé clic en Enviar solicitud, ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.

Más información sobre la solicitud
1. ¿La cesión del inmueble debe estar inscripta en el Registro de la Propiedad?

Si, la escritura deberá estar asentada en el Registro.

2. ¿Cuál es el plazo de la exención?

Rentas te otorga la exención por el plazo de 5 años, de enero a diciembre. 

3. ¿Cuándo tengo que solicitar la exención? 

Podrás solicitarla en cualquier momento, siempre que no estés exento y te corresponda.

4. ¿Puedo solicitar la exención retroactiva?

Sí, siempre y cuando el inmueble cumpla con las condiciones para la exención.