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Dación en pago

Para pedir que el dinero embargado mediante el Sistema de Oficios Judiciales (SOJ), se utilice en el pago de la deuda judicial reclamada del impuesto sobre las Embarcaciones.

Antes de empezar, tené en cuenta
  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA.
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, hacé clic acá para conocer el paso a paso.
Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
  3. Seleccioná Embarcaciones, clic en Gestiones generales, elegí Dación en pago.
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  5. Seleccioná el N° de Expediente y hacé clic en Siguiente.
  6. Cargá los Datos de Contacto y aceptá los Términos y Condiciones.
  7. Confirmá y ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.

Más información sobre la solicitud
1. ¿Qué es SOJ?

Es una medida cautelar que aplica sobre los fondos y valores que tenés depositados en una entidad financiera, cómo por ejemplo en tu cuenta bancaria.

2. ¿Qué pueden embargarme?

El embargo recae sobre todos los fondos depositados en cuentas corrientes, cajas de ahorro, inversiones a plazo fijo, cuentas títulos, fondos comunes de inversión, cajas de seguridad y cualquier otro valor del que seas titular.

3. ¿Cómo cancelo la medida cautelar?

Una vez cancelada o regularizada la deuda que dió origen a la medida, deberás ingresar la Gestión de “CANCELACION DE MEDIDAS CAUTELARES”, debiendo adjuntar el correspondiente comprobante de pago.

4. ¿Cómo verifico que mi gestión fue resuelta?

Una vez resuelta la gestión de Dación en pago, la misma será notificada al Domicilio Fiscal Electrónico o bien se podrá realizar el seguimiento a través del Perfil Tributario.