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Exclusión y/o reducción de alícuota del régimen de recaudación

Para solicitar que no te recauden de nuevo o te reduzcan la alícuota, en el régimen de recaudaciones bancaria CBU (SIRCREB) o virtuales CVU (SIRCUPA) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

La Exclusión al Régimen de Recaudación se puede dar cuando:
– Todos tus ingresos están exentos.
– Todos tus ingresos son retenidos (agencias de quiniela y productores de seguros, entre otros).
– Tenés saldo a favor.

La Reducción de Alícuota se puede dar cuando:
– Realizás una actividad de intermediación.
– Tenés saldo a favor.

Antes de empezar, tené en cuenta
  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA. 
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, hacé clic acá para conocer el paso a paso.
  • No tener deuda, ni incumplimientos formales o materiales asociados a la CUIT por la que realizás la solicitud.
  • Para que la exclusión comience a partir del día 1 del mes siguiente, presentá la solicitud antes del día 13 de cada mes o el próximo día hábil.
  • La exclusión tiene una vigencia de 6 meses o un 1 año, según el análisis del caso. Antes de su vencimiento, solicitá la renovación hasta el día 13 del mes anterior.
  • Si pertenecés al régimen de Convenio Multilateral, solicitá la exclusión o reducción por mail  a  sircreb@comisionarbitral.gob.ar si la recaudación es bancaria CBU o por mail a sircupa@comisionarbitral.gob.ar si te recaudaron sobre una cuenta de pagos virtuales CVU
Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
  3. Seleccioná Ingresos Brutos, clic en Gestiones generales, elegí Exclusión o reducción de alícuota del Régimen de Recaudación.
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  5. Elegí el tipo de recaudación: Recaudaciones bancarias CBU-(SIRCREB) o Recaudaciones virtuales CVU-(SIRCUPA)
  6. Elegí el tipo de solicitud: Reducción de alícuota Exclusión de alícuota.
  7. Luego, seleccioná el motivo de la solicitud.
  8. En Observaciones, detallá información que consideres útil.
  9. Completá los Datos de contacto y clic en Continuar.
  10. Revisá los datos, confirmá la solicitud y ¡Listo!
  11.  

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.

Más información sobre la solicitud
1. ¿Qué es SIRCUPA?

Es un régimen de recaudación implementado por la Comisión Arbitral, que recae sobre Cuentas de Pago Virtuales (CVU), gestionadas por Proveedores de Servicio de pago y otras empresas dedicadas a servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros.

2. ¿Cómo sé si soy pasible de recaudaciones?

Si estás comprendido en algunos de los siguientes casos NO deberías estar incluido en el régimen de recaudación:

  • Tu condición es exento.
  • Te diste de baja del impuesto.
  • Estás comprendido en el Régimen Simplificado.
  • Todos tus ingresos son retenidos (productores de seguros, entre otros).
  •  
3. ¿Tengo que renovar la exclusión o reducción de alícuota?

Sí, la exclusión tiene una vigencia de 6 meses o un 1 año, según el análisis del caso. Antes de su vencimiento, solicitá la renovación hasta el día 13 del mes anterior.

4. Mi cuenta bancaria CBU o cuenta de pagos virtuales CVU tiene más de un titular, pero yo no estoy inscripto en Ingresos Brutos. ¿Por qué me aplican recaudaciones bancarias?

Es posible que el cotitular de la cuenta esté incorporado al padrón SIRCREB – SIRCUPA y sea pasible de recaudaciones.

Consultá con el Nº de CUIT del cotitular acá.

5. ¿Cómo hago para recuperar lo recaudado?

Podés hacer la solicitud de Compensación para aplicarlo en otros impuestos bajo la misma CUIT o tomar el saldo en tu Declaración Jurada. Si se trata de recaudaciones indebidas, iniciá la gestión de DEVOLUCIÓN DE RECAUDACIONES BANCARIAS – (SIRCREB).

Si tenés dudas, escribimos a través de nuestro Chat en Línea.

6. Me figura deuda que ya pagué y no puedo iniciar la solicitud, ¿qué hago?

Iniciá la gestión Pago no Ingresado y avisanos a través de nuestro Chat en Línea para continuar con tu solicitud.

7. ¿Cómo obtengo la reducción de alícuota si estoy incluido en el Régimen de retención y percepción?

Ingresá a Iniciar gestiones y dentro de Ingresos Brutos seleccioná Régimen de retención y percepción. Luego ingresá a Reducción de alícuota, elegí la opción que corresponda e iniciá la solicitud.