La inscripción deberás realizarla con la fecha y rol que la Secretaría de Ingresos Públicos SIP te designó.
- Tener clave de CiDi o Clave Fiscal AFIP nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA.
- Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (hacé clic acá para conocer el paso a paso).
- Estar nominado u obligado a inscribirte por la SIP.
- Inscribíte si sos:
- Compañía de seguro
- Banco oficial y entidad financiera
- Persona humana o jurídica que realiza operaciones con tarjeta de crédito
- Empresa, Sociedad y organismo Autárquico o descentralizado del Estado nominada por la SIP
- Dependencia del Estado nominada por la SIP
- Empresa prestadora de Servicios Públicos nominada por la SIP
- Colegio, Consejo y Asociación Profesional nominado por la SIP
- Registro seccional de la Propiedad del Automotor
- Contribuyente promovido
- Bolsa, Mercado, Cámara o Asociación con Personería Jurídica nominada por la SIP.
- Escribano de Registro y Martillero Público
Para ver el paso a paso con capturas de pantalla, hacé clic acá.
- Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de AFIP nivel 2
Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
En CiDi
En ARCA - En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
- Seleccioná Agentes, clic en Agentes de Sellos, elegí Inscripción.
- Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
- Seleccioná el motivo, la fecha de inicio como Agente y elegí la documentación que corresponda. Si estás regulado por el IPJ (Inspección de Personas Jurídicas), adjuntá el Instrumento Constitutivo, si no lo estás adjuntá el Contrato Social o Estatuto Social.
- Confirmá y ¡Listo!.
Vas a ser Agente si la Secretaria de ingresos Públicos SIP te nomina, es decir, te designa desde cuando comenzarás a actuar como Agente de Percepción, Retención y Recaudación del Impuesto de Sellos.
La SIP también tiene la facultad de obligarte a actuar como Agente si realizás actividades o rubros puntuales, debiendo actuar desde la fecha en la cual realizás la actividad que te obliga.
Las nominaciones y las actividades obligadas son establecidas a través de Resoluciones que podés consultar haciendo clic acá.
Empezás a actuar como Agente desde la fecha que te designe la SIP.