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Inscripción Agente Impuesto Ingresos Brutos Percepción / Retención / Recaudación (No SIRCREB)

Los Agentes nominados y obligados  podrán ser inscriptos por Rentas. En caso de no procesarse la inscripción  ingresá la solicitud. La inscripción deberás realizarla con la fecha y rol que la Secretaría de Ingresos Públicos  SIP te desingó.

Antes de empezar, tené en cuenta
  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA. 
  • Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (hacé clic acá para conocer el paso a paso).
  • Estar nominado u obligado a inscribirte por la Secretaría de Ingresos Públicos SIP.
Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
  3. Seleccioná Agentes, clic en Agentes de Ingresos Brutos
    Percepción – Retención – Recaudación, elegí Inscripción
  4. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  5. Seleccioná el o los regímenes, la fecha de inicio como Agente y elegí el motivo que corresponda.
  6. Confirmá y ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.

Más información sobre la solicitud
1. ¿Cómo sé si me corresponde ser Agente? 

La Secretaria de Ingresos Público SIP tiene la facultad de nominar, es decir, designar quienes y desde cuando serán los Contribuyentes que comenzarán a actuar como Agentes de Percepción, Retención y Recaudación.

La SIP también tiene la facultad de obligar a actuar como Agente a aquellos Contribuyentes que realicen actividades o rubros puntuales, éstos deberán actuar desde la fecha en la cual realizan la actividad que los obliga.

Las nominaciones y las actividades obligadas son establecidas a través de Resoluciones. Para verificar las Resoluciones de los Agentes nominados y los obligados hace clic acá.

2. ¿Cuándo comienzo a actuar como Agente?

Empezás a actuar como Agente desde la fecha que te designe la SIP.

3. ¿Qué aplicativo utilizo para realizar las declaraciones juradas como Agente?

Deberás utilizar el Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR).
Para las operaciones sobre Tarjetas de Crédito y compras, tendrás que utilizar el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).
Podés ingresar a los aplicativos desde la web de la Comisión Arbitral, con clave fiscal.