Inscripción Agente Impuesto Ingresos Brutos Percepción / Retención / Recaudación (No SIRCREB)
Los Agentes nominados y obligados podrán ser inscriptos por Rentas. En caso de no procesarse la inscripción ingresá la solicitud. La inscripción deberás realizarla con la fecha y rol que la Secretaría de Ingresos Públicos SIP te desingó.
- Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA.
- Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico (hacé clic acá para conocer el paso a paso).
- Estar nominado u obligado a inscribirte por la Secretaría de Ingresos Públicos SIP.
Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.
- Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
En CiDi
En ARCA - En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
- Seleccioná Agentes, clic en Agentes de Ingresos Brutos
Percepción – Retención – Recaudación, elegí Inscripción - Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
- Seleccioná el o los regímenes, la fecha de inicio como Agente y elegí el motivo que corresponda.
- Confirmá y ¡Listo!
Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.
La Secretaria de Ingresos Público SIP tiene la facultad de nominar, es decir, designar quienes y desde cuando serán los Contribuyentes que comenzarán a actuar como Agentes de Percepción, Retención y Recaudación.
La SIP también tiene la facultad de obligar a actuar como Agente a aquellos Contribuyentes que realicen actividades o rubros puntuales, éstos deberán actuar desde la fecha en la cual realizan la actividad que los obliga.
Las nominaciones y las actividades obligadas son establecidas a través de Resoluciones. Para verificar las Resoluciones de los Agentes nominados y los obligados hace clic acá.
Empezás a actuar como Agente desde la fecha que te designe la SIP.
Deberás utilizar el Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR).
Para las operaciones sobre Tarjetas de Crédito y compras, tendrás que utilizar el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).
Podés ingresar a los aplicativos desde la web de la Comisión Arbitral, con clave fiscal.