- Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA.
- Tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, hacé clic acá para conocer el paso a paso.
- Estar al día en los periodos por los cuales no solicitás la exención.
- Si tenés deuda en instancia prejudicial o judicial en los periodos por los que solicitás la exención, pagá previamente los honorarios y gastos de tu deuda. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea.
Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.
- Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2.
Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
En CiDi
En ARCA - En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
- Seleccioná Ingresos Brutos, clic en Exenciones, elegí Industria.
- Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
- Desplegá el listado Ingresos brutos, seleccioná la actividad y hacé clic en Confirmar selección.
- Clic en Continuar.
- Completá las fechas, en caso de solicitar la exclusión al régimen simplificado tildá la opción. Si precisás, podés describir brevemente tu caso en Observaciones y hacé clic en Continuar.
- Adjuntá documentación documentación útil para tu solicitud. Luego, hacé clic en Continuar.
- Cargá los Datos de contacto y hacé clic en Continuar.
- Verificá el resumen de lo declarado y hacé clic en Enviar solicitud, ¡Listo!
Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.
Ingresá a https://siic.cba.gov.ar/Inicio.aspx con tu clave CiDi nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.
Dentro del sitio del SIIC (Sistema de Información Industrial Córdoba), realizá el trámite “Inscripción” para empadronarte por primera vez, o “Reempadronamiento” para renovar tu certificado de este año. Si necesitás más información, hacé clic acá.
Rentas te otorga la exención por el plazo de un año, de enero a diciembre. Recordá que si tu actividad inicia después del 1° de enero, la exención comenzará a tener vigencia a partir del cuarto mes de inicio de la actividad.
Podrás solicitar la exención del año 2025 y retroactivos. Los ingresos del año anterior no deben superar el monto establecido en la Ley Impositiva Anual, del año que corresponda:
- 2025: los ingresos del año 2024 no deben superar los $2.512 millones.
- 2024: los ingresos del año 2023 no deben superar los $680 millones
- 2023: los ingresos del año 2022 no deben superar los $400 millones
- 2022: los Ingresos del año 2021 no deben superar los $200 millones
- 2021: los Ingresos del año 2020 no deben superar los $117 millones
- 2020: los Ingresos del año 2019 no deben superar los $100 millones
- 2019: los Ingresos del año 2018 no deben superar los $100millones
- 2018: los Ingresos del año 2017 no deben superar los $100 millones