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Compensación

Para compensar con tu crédito del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deuda vencida o a vencer del mes en curso, o esta se encuentre en instancia prejudicial, judicial o monitorio.

Antes de empezar, tené en cuenta
 
    • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA.
    • Ser titular del crédito que declares.
    • Si pertenecés al Régimen General o Convenio Multilateral, antes de solicitar la compensación, debés incluir las Recaudaciones, Retenciones y/o Percepciones en la DJ del periodo en el que se generaron.
    • Si tenés deuda en instancia judicial o prejudicial en los períodos por los que solicitaste la compensación, deberás pagar previamente sus gastos y honorarios. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea Recordá, tu saldo debe cubrir el monto total de la deuda en instancia judicial. 

 No corresponde ingresar la solicitud por créditos originados o para cancelar Acreencias no tributarias, Contribuciones por mejoras o Tasas retributivas de servicios.

Paso a paso

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.

  1. Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
    Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
    En CiDi
    En ARCA
  2. En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
  3. Seleccioná Ingresos Brutos, clic en Gestiones generales, elegí Compensación.
  4. Hacé clic en Solicitá compensación.
  5. Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
  6. Hacé clic en Agregar origen del crédito.
  7. Seleccioná el Impuesto o Más Orígenes y añadí AñoCuota e Importe y hacé clic en Guardar. Luego, hacé clic en Siguiente.
  8. Seleccioná el Impuesto Destino y añadí Año, Cuota e Importe, y hacé clic en Siguiente.
  9. Ingresá los Datos de contacto y hacé clic en Siguiente.
  10. Confirmá y ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.

Más información sobre la solicitud
1. ¿Cuáles son las opciones que tengo para compensar?

Existen dos opciones para usar tu crédito:

  • Verificar tu crédito: cuando no haya sido reconocido con anterioridad y no tengas deuda donde compensar. De esta manera una vez resuelta la gestión podrás realizar de manera automática compensaciones en línea.
  • Solicitar compensar: cuando el crédito no figura en tu perfil tributario o quieras declarar algún otro origen y registres deuda donde aplicarlo o tu deuda se encuentre en instancia judicial. De esta manera deberás esperar la resolución de la misma. 
2. ¿En qué casos tengo crédito a favor?

Los motivos por los que se genera un crédito a favor, son diversos. Puede ser porque realizaste un pago doble o por un monto mayor al correspondiente; por un pago indebido o porque te notificamos la resolución de una gestión anterior. En el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, también puede deberse a Retenciones, Recaudaciones o Percepciones indebidas, o a un saldo a favor.

3. ¿Dónde puedo utilizar mi crédito?

Podés aplicar tu crédito al pago de la deuda de cualquier impuesto a tu nombre y en el período que prefieras. En el caso de Ingresos Brutos, también podés emplearlo para el pago de multas. Tené en cuenta que en deudas en instancia prejudicial, judicial o monitorio, no podrás aplicarlo a honorarios y gastos.

4. ¿Cuál es la deuda en curso?

Es aquella que aún no se encuentra vencida y corresponde a la cuota del mes en curso, la misma la verás disponible cada mes en tus impuestos.

5. ¿Qué pasa si no poseo deuda en impuestos a mi nombre?

Tenés que saber que tu crédito quedará disponible en tu cuenta para cancelar impuestos durante el plazo de cinco años, y si está próximo a vencerse ese plazo, podrás  transferirlo a terceros, iniciando la solicitud de Transferencia de Crédito.

6. ¿Cómo puedo solicitar una compensación de una sucesión indivisa?

Lo puede solicitar:
– El Administrador Judicial de la Sucesión (designado por Auto en juicio de Declaratoria de Herederos), si posee clave CiDi o Clave Fiscal vinculada a la Sucesión.

– Cualquiera de los herederos declarados como tal en juicio de Declaratoria de Herederos, adjuntando: 1) Copia certificada del Auto de la Declaratoria de Herederos y 2) Formulario Multinota, firmado por todos los herederos declarados e indicando que prestan expresa conformidad a la compensación solicitada.

7. Hice una compensación en la CCMA de AFIP del impuesto sobre los Ingresos Brutos ¿Debo informarla a Rentas?

Sí, una vez realizada la reimputación en tu CCMA, ingresá la solicitud de compensación en Rentas. Para ver el paso a paso hacé clic acá