- Tener clave de CiDi o Clave Fiscal ARCA nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic para ver el paso a paso en CiDi y en ARCA.
- Ser titular del crédito a favor y formar parte del instrumento en que se aplicará ese crédito.
No corresponde ingresar la solicitud por créditos originados o para cancelar Acreencias no tributarias, Contribuciones por mejoras o Tasas retributivas de servicios.
Para ver el paso a paso con capturas de pantallas, hacé clic acá.
- Ingresá a rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de ARCA nivel 2
Conocé cómo registrar o gestionar tus claves:
En CiDi
En ARCA - En tu perfil, desplegá Menú, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva gestión.
- Seleccioná Sellos, clic en Gestiones generales, elegí Compensación.
- Leé atentamente los requisitos y condiciones, hacé clic en Iniciar solicitud.
- Hacé clic en Agregar origen del crédito.
- Seleccioná Sellos y añadí el Nro de liquidación e Importe y hacé clic en Guardar. Luego, hacé clic en Siguiente.
- Adjuntá copia del contrato, declaración jurada y liquidación del impuesto de sellos y hacé clic en Siguiente.
- Completá los Datos de contacto, luego clic en Continuar.
- Confirmá y ¡Listo!
Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde Menú-Gestiones-Consulta de gestiones, en tu perfil.
Existen dos opciones para usar tu crédito:
- Verificar tu crédito: cuando no haya sido reconocido con anterioridad y no tengas deuda donde compensar. De esta manera, una vez resuelta la gestión, podrás realizar de manera automática compensaciones en línea.
- Solicitar compensar: cuando quieras compensar con tu crédito o quieras declarar algún otro origen y tengas deuda donde aplicarlo o se encuentre en instancia judicial. Deberás esperar su resolución.
Los motivos por los que se genera un crédito a favor son diversos. Puede ser porque realizaste un pago doble o por un monto mayor al correspondiente; por un pago indebido o porque te notificamos la resolución de una gestión anterior. En el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, también puede deberse a Retenciones, Recaudaciones o Percepciones indebidas, o a un saldo a favor.
Podés aplicar tu crédito al pago de la deuda de cualquier impuesto a tu nombre y en el periodo que prefieras. En el caso de Ingresos Brutos, también podés emplearlo para el pago de multas.
Es aquella que aún no se encuentra vencida y corresponde a la cuota del mes en curso, la misma la verás disponible cada mes en tus impuestos.
Tenés que saber que tu crédito quedará disponible en tu cuenta para cancelar impuestos durante el plazo de cinco años, y si está próximo a vencerse ese plazo, podrás transferirlo a terceros iniciando la solicitud de Transferencia de Crédito.
Lo puede solicitar:
– El Administrador Judicial de la Sucesión (designado por Auto en juicio de Declaratoria de Herederos), si posee clave CiDi o Clave Fiscal vinculada a la Sucesión.
– Cualquiera de los herederos declarados como tal en juicio de Declaratoria de Herederos, adjuntando: 1) Copia certificada del Auto de la Declaratoria de Herederos y 2) Formulario Multinota, firmado por todos los herederos declarados e indicando que prestan expresa conformidad a la compensación solicitada.