Dirección General de Rentas

Resolución N° 23/2021 Letra D del Ministerio de Finanzas – Establece una escala para reducir la alícuota de la Tasa de Justicia para bases imponibles de volumen considerable
Fecha de Publicación 30/08/2021
Relacionada con los artículos 115, 116, 129 y 131 de la Ley Impositiva N° 10.725 y el Acuerdo Número Ciento Setenta y Tres – Serie “C”- de fecha 20 de agosto de 2021, los miembros del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial

Dispone que cuando el valor del juicio supere el importe equivalente en Pesos ($) al valor de Tres Millones de Jus, hasta dicha suma se aporte la Tasa de Justicia aplicando la alícuota correspondiente por el excedente y hasta el importe en Pesos ($) equivalente al valor de Seis Millones de Jus la alícuota se reduzca en un 25% y, por el excedente del importe equivalente en Pesos ($) al valor de Seis Millones de Jus, la alícuota original aplicable se reduzca un 50%.

Vigente

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