Dirección General de Rentas

Mes: enero 2021

Resolución SIP N° 01/2021 – Incorpora Agente de Retención y Percepción del Impuesto de Sellos

Fecha de Publicación 27/01/2021

(Modifica las Resoluciones SIP  N° 15/2012, N° 18/2012, N° 21/2012, N° 22/2013, N° 36/2013, N° 16/2016, N° 44/2018, N° 74/2018, N° 29/2019, N° 42/2019 y el Decreto N° 1205/2015, derogada por Resolución SIP N° 13/2021)

Incorpora al Agente: “Toyota Plan Argentina S.A. de ahorro para fines determinados”, en la nómina de Agentes de Retención y Percepción del Impuesto de Sellos a partir del día 1° de febrero de 2021.

No vigente

Industria

Exención - Ingresos Brutos

¿Para qué sirve?

Para obtener la exención para el desarrollo de la actividad de Industria.

  • Tener clave CiDi y Clave Fiscal AFIP nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.
  • Estar al día en los periodos por los cuales no solicitás la exención.
  • Si tenés deuda en instancia prejudicial o judicial en los periodos por los que solicitás la exención, pagá previamente los honorarios y gastos de tu deuda. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea.
  • Para acceder a la exención del 2024, los ingresos del año anterior no deben superar los $680 millones. Si pertenecés a Convenio Multilateral, considerá la base imponible total país.
  • Tener certificado emitido por la Secretaria de industria del Ministerio de producción, ciencia de innovación tecnológica, si la solicitud es para el año 2021 hacia atrás. 

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas hacé clic acá.

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Clave Fiscal de AFIP.
  2. En tu perfil, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva Gestión.
  3. Seleccioná Ingresos Brutos y elegí Exenciones, hacé clic en Industria e Iniciar Gestión.
  4. Desplegá las actividades y seleccioná, luego clic en Confirmar selección. Completá las fechas, luego clic en Continuar.
  5. Adjuntá documentación y clic en Continuar.
  6. Completá los Datos de contacto.
  7. Envía la solicitud y ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Trámite. Podrás realizar su seguimiento desde la sección Gestiones, en tu perfil.

Ingresá a https://siic.cba.gov.ar/Inicio.aspx​ con tu clave CiDi nivel 2. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.

Dentro del sitio del SIIC (Sistema de Información Industrial Córdoba), realizá el trámite “Inscripción” para empadronarte por primera vez, o “Reempadronamiento” para renovar tu certificado de este año. Si necesitás más información, hacé clic acá.

Rentas te otorga la exención por el plazo de un año, de enero a diciembre.  Recordá que si tu actividad inicia después del 1° de enero, la exención comenzará a tener vigencia a partir del cuarto mes de inicio de la actividad.

Al comenzar el año, Rentas otorga la exención de forma automática. Si pertenecés al Régimen General, tendrás la exención luego de presentar la última declaración jurada del año anterior.

En caso de que no estés exento, y te corresponda, podrás solicitarla en cualquier momento. 

Sí. Solicitala siguiendo el paso a paso indicado. Para saber si te corresponde, verificá los mínimos anuales de la sumatoria de bases imponibles haciendo clic acá.

Información sobre el débito

¿Cómo cambio el medio de pago adherido?

Si adheriste a tu plan con el CBU de tu cuenta bancaria, iniciá la solicitud “Cambio de CBU” en tu perfil tributario, siguiendo estos pasos:

1- Iniciá sesión en tu perfil tributario con CiDi o Clave Fiscal de AFIP. Para conocer cómo registrarte o gestionar tu cuenta, hacé clic acá
2- Ingresá a la sección Débitos.
3- En el apartado “Mis Planes”, hacé clic en Menú.
4- Seleccioná CBU y hacé clic en Cambiar CBU (no es posible reemplazar por un CVU).

Si adheriste a tu plan con Mercado Pago, escribinos .

Información sobre la cancelación del Plan de Pagos

¿Rentas puede dar de baja mi plan?

Sí, con el incumplimiento en el pago de tres (3) cuotas consecutivas o no, o cuando a los sesenta (60) días corridos del vencimiento de la última cuota, el plan no se hubiera cancelado totalmente.

Información sobre el débito

¿Por qué no se debitó mi cuota?

Si pagaste recientemente, puede suceder que tu cuota esté siendo procesada. Si fue rechazada, te recomendamos tener en cuenta estos datos de tu Homebanking o tarjeta de crédito:

  • Saldo o límite insuficiente: en caso de no alcanzar el dinero disponible en la cuenta o si el mismo no es suficiente para cubrir todos los débitos adheridos, la cuota no se debitará. Lo mismo sucederá cuando el monto de la cuota supere el límite de la tarjeta.
  • Stop debit: si suspendés o cancelás los débitos en el Homebanking, no se debitará la cuota adherida.
  • El margen o tope informado: si se pone un tope a determinado monto en el Homebanking y la cuota a debitar es mayor, no se realizará el débito.

Si pagaste con tarjeta de crédito y tu plástico se venció o lo cambiaste, escribinos .

Información sobre la cancelación del Plan de Pagos

¿Cómo lo doy de baja?

Tenés dos opciones: 

        •  Formulario Multinota F-903 con el detalle de la solicitud, N° de plan de pagos y motivo de la baja. Descargá el formulario haciendo clic acá.
        •  Frente y dorso del DNI del titular del plan, o del titular del CBU adherido al plan.