Dirección General de Rentas

Mes: noviembre 2020

Resolución N° 256/2020 del Ministerio de Finanzas– Redefine fecha para pago con títulos de deuda
Fecha de Publicación 30/11/2020
(Relacionada con la Ley Nº 10.691, Decreto N° 279/2020, Resolución N° 88/2020, Resolución N° 133/2020 del Ministerio de Finanzas).

Redefine hasta el 30 de noviembre de 2020 inclusive, la fecha determinada en el Artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 133/20, estableciendo que se podrán cancelar con los “Títulos de Deuda para la Cancelación de Deudas con Contratistas y Proveedores del Estado” las obligaciones contraídas con proveedores y contratistas del sector público no financiero.

No vigente

Saldo a favor

Inmobiliario

para que sirve

¿Para qué me sirve?

Para usar el saldo que tenés a favor, en el pago de impuestos a tu nombre. 

antes de empezar

Antes de empezar la solicitud, tené en cuenta:

  • Estar registrado en nivel 2 de Ciudadano Digital o tener Clave Fiscal de AFIP. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.
  • Ser el titular del impuesto que posea el saldo a favor. 
  • Si tenés deuda en instancia prejudicial o judicial, pagá previamente los honorarios y gastos de tu deuda. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea
  • Si tenés el saldo disponible en tu perfil tributario, lo podrás aplicar automáticamente al pago de otros impuestos.
  • Si querés transferir tu saldo a favor a otra persona para cancelar impuestos, realizá la solicitud Transferencia de crédito.
paso a paso

Paso a Paso:

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Fiscal de AFIP.  Para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hacé clic acá.
  2. En tu perfil tributario, seleccioná Trámites y hacé clic en Nuevo Trámite.
  3. Seleccioná el impuesto en el que tenés el saldo a favor. Luego, hacé clic en Saldo a favor e Ingresar.
    En la pantalla, podrás observar tu saldo a favor disponible:

  • Hacé clic en Siguiente, luego seleccioná el impuesto y el período en el que elegís usar tu saldo a favor.
  • Seleccioná Siguiente, luego Confirmar y listo.

¡Ya finalizaste tu solicitud! Descargá tu comprobante.  
                                                                                                     

  • Hacé clic en Agregar origen de crédito.
  • Luego, seleccioná el impuesto y período en el que tenés saldo a favor (encontralo en tu cedulón). Si tenés saldo a favor en más de un impuesto, repetí la operación. De lo contrario, hacé clic en Siguiente.
  • Se desplegará la lista de impuestos con deuda. Seleccioná el Impuesto Destino en el que quieras usar tu saldo, tildá los periodos y luego hacé clic en Siguiente.
  • Confirmá los datos seleccionados y ¡listo!

Se generará el comprobante con el N° de Trámite. Podrás realizar el seguimiento de la solicitud desde la sección Mis Trámites, en tu perfil tributario.

Los motivos por los que se genera un saldo a favor, son diversos. Puede ser porque realizaste un pago doble o por un monto mayor al correspondiente; por un pago indebido o porque te notificamos la resolución de un trámite en alguno de tus impuestos. En el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, también puede deberse a Retenciones, Recaudaciones y/o Percepciones indebidas.

Podés aplicar tu saldo a favor en cualquier impuesto a tu nombre y en el período que prefieras. En el caso de Ingresos Brutos, también podés emplearlo para el pago de multas. En deudas en instancia prejudicial o judicial, no podrás aplicar tu saldo a favor a honorarios y gastos.

Tu saldo a favor quedará disponible en tu cuenta para aplicar a tus impuestos durante el plazo de cinco años. También podés transferirlo a terceros, iniciando la solicitud Transferencia de Crédito.

Tu saldo a favor quedará disponible en tu cuenta para cancelar impuestos durante el plazo de cinco años.

La vigencia de los saldos a favor es de 5 años, contando desde el 1° de enero del año siguiente a la fecha de pago. En el caso del saldo a favor que se traslada mensualmente en la declaración jurada del impuesto sobre los Ingresos Brutos, no existe plazo de vencimiento. 

Saldo a favor

Ingresos Brutos

para que sirve

¿Para qué me sirve?

Para usar el saldo que tenés, en el pago de impuestos a tu nombre.

antes de empezar

Antes de empezar la solicitud, tené en cuenta:

  • Estar registrado en nivel 2 de Ciudadano Digital o tener Clave Fiscal de AFIP. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso. 
  • Ser el titular del impuesto que posea el saldo.
  • Si el saldo proviene de retenciones, percepciones y/o recaudaciones indebidas en las que no es posible la deducción en las Declaraciones Juradas, adjuntá el listado con el detalle de las mismas.
  • Si tenés deuda en instancia prejudicial o judicial, pagá previamente los honorarios y gastos de tu deuda. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea
  • Si tenés el saldo disponible en tu perfil tributario, lo podrás aplicar automáticamente al pago de otros impuestos.
  • Si querés transferir tu saldo a favor a otra persona para cancelar impuestos, realizá la solicitud Transferencia de Crédito.
paso a paso

Paso a Paso:

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Fiscal de AFIP. 
  2. En tu perfil tributario, seleccioná Trámites y hacé clic en Nuevo Trámite.
  3. Seleccioná el impuesto en el que tenés el saldo a favor. Luego, hacé clic en Saldo a favor e Ingresar.
    En la pantalla, podrás observar tu saldo a favor disponible:

  • Hacé clic en Siguiente, luego seleccioná el impuesto y el período en el que elegís usar tu saldo a favor.
  • Seleccioná Siguiente, luego Confirmar y listo.

¡Ya finalizaste tu solicitud! Descargá tu comprobante.  
                                                                                                     

  • Hacé clic en Agregar origen de crédito.
  • Luego, seleccioná el impuesto y período en el que tenés saldo a favor (encontralo en tu cedulón). Si tenés saldo a favor en más de un impuesto, podrás repetir la operación. De lo contrario, hacé clic en Siguiente.
  • Se desplegará la lista de impuestos con deuda. Seleccioná el Impuesto Destino en el que quieras usar tu saldo, tildá los periodos y luego hacé clic en Siguiente.
  • Confirmá los datos seleccionados y ¡listo!

Se generará el comprobante con el N° de Trámite. Podrás realizar el seguimiento de la solicitud desde la sección Mis Trámites, en tu perfil tributario.

Los motivos por los que se genera un saldo a favor, son diversos. Puede ser porque realizaste un pago doble o por un monto mayor al correspondiente; por un pago indebido o porque te notificamos la resolución de un trámite en alguno de tus impuestos. En el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, también puede deberse a Retenciones, Recaudaciones y/o Percepciones indebidas.

Podés aplicar tu saldo a favor en cualquier impuesto a tu nombre y en el período que prefieras. En el caso de Ingresos Brutos, también podés emplearlo para el pago de multas. En deudas en instancia prejudicial o judicial, no podrás aplicar tu saldo a favor a honorarios y gastos.

Tu saldo a favor quedará disponible en tu cuenta para aplicar a tus impuestos durante el plazo de cinco años. También podés transferirlo a terceros, iniciando la solicitud Transferencia de Crédito.

Tu saldo a favor quedará disponible en tu cuenta para cancelar impuestos durante el plazo de cinco años.

La vigencia de los saldos a favor es de 5 años, contando desde el 1° de enero del año siguiente a la fecha de pago. En el caso del saldo a favor que se traslada mensualmente en la declaración jurada del impuesto sobre los Ingresos Brutos, no existe plazo de vencimiento. 

Saldo a favor

Sellos

para que sirve

¿Para qué me sirve?

Para aplicar el saldo que tenés, en el pago total de un Impuesto a los Sellos no vencido. 

antes de empezar

Antes de empezar la solicitud, tené en cuenta:

  • Estar registrado en nivel 2 de Ciudadano Digital o tener Clave Fiscal de AFIP. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.
  • Ser titular del impuesto que posea el saldo a favor y formar parte del instrumento en el que se aplicará el saldo.
paso a paso

Paso a Paso:

    1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Fiscal de AFIP. 
    2. En tu perfil tributario, seleccioná Trámites y hacé clic en Nuevo Trámite.
    3. Seleccioná el impuesto en el que tenés el saldo a favor. Luego, hacé clic en Saldo a favor e Ingresar.
    4.  Hacé clic en Agregar origen de crédito.
    5. Luego, seleccioná impuesto Sellos y completá los campos requeridos (donde indica Nro debés colocar el número de comprobante del cedulón descargado en la web o simplemente 0).
    6. Adjuntá el instrumento y su cedulón no vencido del Impuesto a los Sellos que generaste. 
    7. Hacé clic en Siguiente. 
    8. En Impuesto Destino seleccioná impuesto a los sellos, y adjuntá el cedulón no vencido correspondiente.
    9. Confirmá los datos seleccionados y ¡listo!
      Se generará el comprobante con el N° de Trámite. Podrás realizar el seguimiento de la gestión desde la sección Mis Trámites, en tu perfil tributario.

Los motivos por los que se genera un saldo a favor, son diversos. Puede ser porque realizaste un pago doble o por un monto mayor al correspondiente; por un pago indebido o porque te notificamos la resolución de un trámite en alguno de tus impuestos. En el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, también puede deberse a Retenciones, Recaudaciones y/o Percepciones indebidas.

Podés aplicar tu saldo a favor en cualquier impuesto a tu nombre y en el período que prefieras. En el caso de Ingresos Brutos, también podés emplearlo para el pago de multas. En deudas en instancia prejudicial o judicial, no podrás aplicar tu saldo a favor a honorarios y gastos.

Tu saldo a favor quedará disponible en tu cuenta para aplicar a tus impuestos durante el plazo de cinco años. También podés transferirlo a terceros, iniciando la solicitud Transferencia de Crédito.

Tu saldo a favor quedará disponible en tu cuenta para cancelar impuestos durante el plazo de cinco años.

La vigencia de los saldos a favor es de 5 años, contando desde el 1° de enero del año siguiente a la fecha de pago. En el caso del saldo a favor que se traslada mensualmente en la declaración jurada del impuesto sobre los Ingresos Brutos, no existe plazo de vencimiento. 

Saldo a favor

Automotor

para que sirve

¿Para qué me sirve?

Para usar el saldo que tenés, en el pago de impuestos a tu nombre. 

antes de empezar

Antes de empezar la solicitud, tené en cuenta:

  • Estar registrado en nivel 2 de Ciudadano Digital o tener Clave Fiscal de AFIP. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.
  • Ser el titular del impuesto que posea el saldo a favor. 
  • Si tenés deuda en instancia prejudicial o judicial, pagá previamente los honorarios y gastos de tu deuda. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea
  • Si tenés el saldo disponible en tu perfil tributario, lo podrás aplicar automáticamente al pago de otros impuestos.
  • Si querés transferir tu saldo a favor a otra persona para cancelar impuestos, realizá la solicitud Transferencia de crédito.
paso a paso

Paso a Paso:

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Fiscal de AFIP.  Para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hacé clic acá.
  2. En tu perfil tributario, seleccioná Trámites y hacé clic en Nuevo Trámite.
  3. Seleccioná el impuesto en el que tenés el saldo a favor. Luego, hacé clic en Saldo a favor e Ingresar.
    En la pantalla, podrás observar tu saldo a favor disponible:

  • Hacé clic en Siguiente, luego seleccioná el impuesto y el período en el que elegís usar tu saldo a favor.
  • Seleccioná Siguiente, luego Confirmar y listo.

¡Ya finalizaste tu solicitud! Descargá tu comprobante.  
                                                                                                     

  • Hacé clic en Agregar origen de crédito.
  • Luego, seleccioná el impuesto y período en el que tenés saldo a favor (encontralo en tu cedulón). Si tenés saldo a favor en más de un impuesto, repetí la operación. De lo contrario, hacé clic en Siguiente.
  • Se desplegará la lista de impuestos con deuda. Seleccioná el Impuesto Destino en el que quieras usar tu saldo, tildá los periodos y luego hacé clic en Siguiente.
  • Confirmá los datos seleccionados y ¡listo!

Se generará el comprobante con el N° de Trámite. Podrás realizar el seguimiento de la solicitud desde la sección Mis Trámites, en tu perfil tributario.

Los motivos por los que se genera un saldo a favor, son diversos. Puede ser porque realizaste un pago doble o por un monto mayor al correspondiente; por un pago indebido o porque te notificamos la resolución de un trámite en alguno de tus impuestos. En el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, también puede deberse a Retenciones, Recaudaciones y/o Percepciones indebidas.

Podés aplicar tu saldo a favor en cualquier impuesto a tu nombre y en el período que prefieras. En el caso de Ingresos Brutos, también podés emplearlo para el pago de multas. En deudas en instancia prejudicial o judicial, no podrás aplicar tu saldo a favor a honorarios y gastos.

Tu saldo a favor quedará disponible en tu cuenta para aplicar a tus impuestos durante el plazo de cinco años. También podés transferirlo a terceros, iniciando la solicitud Transferencia de Crédito.

Tu saldo a favor quedará disponible en tu cuenta para cancelar impuestos durante el plazo de cinco años.

La vigencia de los saldos a favor es de 5 años, contando desde el 1° de enero del año siguiente a la fecha de pago. En el caso del saldo a favor que se traslada mensualmente en la declaración jurada del impuesto sobre los Ingresos Brutos, no existe plazo de vencimiento. 

Saldo a favor

Embarcaciones

para que sirve

¿Para qué me sirve?

Para usar el saldo que tenés, en el pago de impuestos a tu nombre. 

antes de empezar

Antes de empezar la solicitud, tené en cuenta:

  • Estar registrado en nivel 2 de Ciudadano Digital o tener Clave Fiscal de AFIP. Si aún no lo hiciste, hacé clic acá para ver el paso a paso.
  • Ser el titular del impuesto que posea el saldo a favor. 
  • Si tenés deuda en instancia prejudicial o judicial, pagá previamente los honorarios y gastos de tu deuda. Solicitanos el cedulón en nuestro Chat en Línea
  • Si tenés el saldo disponible en tu perfil tributario, lo podrás aplicar automáticamente al pago de otros impuestos.
  • Si querés transferir tu saldo a favor a otra persona para cancelar impuestos, realizá la solicitud Transferencia de crédito.
paso a paso

Paso a paso:

  1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Fiscal de AFIP.  Para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hacé clic acá.
  2. En tu perfil tributario, seleccioná Trámites y hacé clic en Nuevo Trámite.
  3. Seleccioná el impuesto en el que tenés el saldo a favor. Luego, hacé clic en Saldo a favor e Ingresar.
    En la pantalla, podrás observar tu saldo a favor disponible:

  • Hacé clic en Siguiente, luego seleccioná el impuesto y el período en el que elegís usar tu saldo a favor.
  • Seleccioná Siguiente, luego Confirmar y listo.

¡Ya finalizaste tu solicitud! Descargá tu comprobante.  
                                                                                                     

  • Hacé clic en Agregar origen de crédito.
  • Luego, seleccioná el impuesto y período en el que tenés saldo a favor (encontralo en tu cedulón). Si tenés saldo a favor en más de un impuesto, repetí la operación. De lo contrario, hacé clic en Siguiente.
  • Se desplegará la lista de impuestos con deuda. Seleccioná el Impuesto Destino en el que quieras usar tu saldo, tildá los periodos y luego hacé clic en Siguiente.
  • Confirmá los datos seleccionados y ¡listo!

Se generará el comprobante con el N° de Trámite. Podrás realizar el seguimiento de la solicitud desde la sección Mis Trámites, en tu perfil tributario.

Los motivos por los que se genera un saldo a favor, son diversos. Puede ser porque realizaste un pago doble o por un monto mayor al correspondiente; por un pago indebido o porque te notificamos la resolución de un trámite en alguno de tus impuestos. En el caso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, también puede deberse a Retenciones, Recaudaciones y/o Percepciones indebidas.

Podés aplicar tu saldo a favor en cualquier impuesto a tu nombre y en el período que prefieras. En el caso de Ingresos Brutos, también podés emplearlo para el pago de multas. En deudas en instancia prejudicial o judicial, no podrás aplicar tu saldo a favor a honorarios y gastos.

Tu saldo a favor quedará disponible en tu cuenta para aplicar a tus impuestos durante el plazo de cinco años. También podés transferirlo a terceros, iniciando la solicitud Transferencia de Crédito.

Tu saldo a favor quedará disponible en tu cuenta para cancelar impuestos durante el plazo de cinco años.

La vigencia de los saldos a favor es de 5 años, contando desde el 1° de enero del año siguiente a la fecha de pago. En el caso del saldo a favor que se traslada mensualmente en la declaración jurada del impuesto sobre los Ingresos Brutos, no existe plazo de vencimiento. 

Exclusión o reducción de alícuota del Régimen de Recaudación

Ingresos Brutos

¿Para qué sirve?

Para solicitar que no te recauden de nuevo o te reduzcan la alícuota, en el régimen de recaudaciones bancaria CBU (SIRCREB) o virtuales CVU (SIRCUPA).

  • La Exclusión al Régimen de Recaudación se puede dar cuando:

– Todos tus ingresos están exentos. 
– Todos tus ingresos son retenidos (agencias de quiniela y productores de seguros, entre otros).
– Tenés saldo a favor.

  • La Reducción de Alícuota se puede dar cuando:

– Realizás una actividad de intermediación.
– Tenés saldo a favor.

  • Tener clave de CiDi o Clave Fiscal AFIP nivel 2Si aún no lo hiciste, hacé clic acá  para ver el paso a paso.  
  • No tener deuda, ni incumplimientos formales o materiales asociados a la CUIT por la que realizás la solicitud. 
  • Para que la exclusión comience a partir del día 1 del mes siguiente, presentá la solicitud antes del día 13 de cada mes o el próximo día hábil. 
  • La exclusión tiene una vigencia de 6 meses o un 1 año, según el análisis del caso. Antes de su vencimiento, solicitá la renovación hasta el día 13 del mes anterior.
  • Si pertenecés al régimen de Convenio Multilateral, solicitá la exclusión o reducción por mail  a  sircreb@comisionarbitral.gob.ar si la recaudación es bancaria CBU o por mail a sircupa@comisionarbitral.gob.ar si te recaudaron sobre una cuenta de pagos virtuales CVU

Para ver el paso a paso con capturas de pantallas hacé clic acá.

    1. Ingresá a www.rentascordoba.gob.ar e iniciá sesión con tu clave CiDi o Fiscal de AFIP nivel 2 (para conocer cómo registrarte o gestionar tus claves, hacé clic acá)
    2. En tu perfil, seleccioná Gestiones y hacé clic en Nueva Gestión.
    3. Seleccioná Ingresos Brutos. Luego, hacé clic en Exclusión o Reducción de Alícuota del Régimen de Recaudación e Iniciar gestión.
    4. Elegí el tipo de solicitud: Exclusión de alícuota o Reducción de alícuota.
    5. Elegí el tipo de recaudación: Recaudaciones bancarias CBU-(SIRCREB) o Recaudaciones virtuales CVU-(SIRCUPA)
    6. Luego, seleccioná el motivo de la solicitud. En Observaciones, detallá información que consideres útil.
    7. Confirmá la solicitud y ¡Listo!

Se generará el comprobante con el N° de Gestión. Podrás realizar su seguimiento desde la sección Gestiones, en tu perfil.

Es un régimen de recaudación implementado por la Comisión Arbitral, que recae sobre Cuentas de Pago Virtuales (CVU), gestionadas por Proveedores de Servicio de pago y otras empresas dedicadas a servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros.

Todo Ciudadano que esté inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Córdoba es pasible de recaudaciones bancarias.

Si estás comprendido en algunos de los siguientes casos NO deberías estar incluido en el régimen de recaudación:

  • Tu condición es exento.
  • Te diste de baja del impuesto.
  • Estás comprendido en el Régimen Simplificado.
  • Todos tus ingresos son retenidos (productores de seguros, entre otros).

Sí, la exclusión tiene una vigencia de 6 meses o un 1 año, según el análisis del caso. Antes de su vencimiento, solicitá la renovación hasta el día 13 del mes anterior.

Es posible que el cotitular de la cuenta esté incorporado al padrón  SIRCREB - SIRCUPA y sea pasible de recaudaciones.

Consultá con el Nº de CUIT del cotitular acá.

Podés hacer la solicitud de Saldo a favor para aplicarlo en otros impuestos bajo la misma CUIT o tomar el saldo en tu Declaración Jurada. Si se trata de recaudaciones indebidas, iniciá la gestión de DEVOLUCIÓN DE RECAUDACIONES BANCARIAS – (SIRCREB).

Si tenés dudas, escribimos a través de nuestro Chat en Línea.

Iniciá la gestión Pago no Ingresado y avisanos a través de nuestro Chat en Línea para continuar con tu solicitud.

Ingresá a Iniciar gestiones y dentro de Ingresos Brutos seleccioná Régimen de retención y percepción. Luego ingresá a Reducción de alícuota, elegí la opción que corresponda e iniciá la solicitud.

Resolución General de la Comisión Arbitral N° 16/2020 – Aplaza operatividad del sistema de recaudación de tarjeta de crédito y compra – SIRTAC-
Fecha de Publicación 27/11/2020
(Relacionada con la Resolución General (C.A.) N° 12/2020)

Aplaza la fecha de operatividad del sistema “SIRTAC” al 04/01/2021 y deja sin efecto las fechas de vencimientos detalladas en el anexo de la Resolución General (C.A.) N° 12/2020.

Vigente

Ley N° 10721 – Ley de Promoción y Desarrollo para la producción y consumo de Biocombustibles y Bioenergía
Fecha de Publicación 27/11/2020

Establece un Programa de fomento, incentivos, exenciones, subsidios y beneficios fiscales que promueve el desarrollo de producción y consumo de Biocombustibles y Bioenergía.

Vigente

Ley N° 10718 – Beneficios impositivos para empresas industriales

Fecha de Publicación 25/11/2020
(Modifica el artículo 19 de la Ley Provincial N° 7255)

Beneficios impositivos para las empresas industriales que resulten promovidas por la Ley de Economía del Conocimiento y su actividad principal sea la prestación de servicios de logística.

Vigente