Resolución SIP N.º 17/2019 – Facilidades de pago – Régimen de facilidades de pago permanente – Reglamentación – Modificación
Fecha de Publicación 26/04/2019
(Modifica la Resolución SIP Nº 45/2016 y sus modificatorias)
Establece que en los planes de pago que ofrezcan entre 37 y 120 cuotas mensuales, su monto mínimo será de $ 5.000.
En los planes pactados entre 48 y 90 cuotas mensuales, la primera cuota será del 30% de la deuda consolidada, mientras que aquellos que contemplen entre 91 y 120 cuotas, la primera ascenderá al 40%.
Vigente