Resolución Nº 025/2017 del Ministerio de Finanzas– Vencimiento de impuestos
Fecha de Publicación 13/02/2017
(Modifica la Resolución Ministerial Nº 523/2016)
Establece que cuando los vencimientos de las cuotas de los impuestos sean un día anterior a un día inhábil o días inhábiles, se considerarán abonadas en término cuando las liquidaciones para su pago se emitan a través de la web de Rentas Córdoba durante tales días inhábiles y se abonen dentro de los plazos dispuestos.
No vigente